Vive Oaxaca una nueva realidad con la entrada en vigor del sistema acusatorio adversarial

Sistema-Acusatorio-Adversarial-1200x480Comunicado 

 El nuevo modelo revoluciona la impartición de justicia en el estado y en el país: Subsecretario de Prevención y Reinserción Social de la SSPO.

 Al ser este nuevo sistema, garante y respetuoso del debido proceso mediante la presunción de la inocencia, la prisión preventiva ya no es el primer recurso al que acudir.

 La entrada en vigor del Nuevo Sistema de Justicia Penal incidirá positivamente en la despresurización de la población penitenciaria, así como garantizará el debido proceso mediante la protección de los derechos humanos de víctimas, testigos e imputados.

 Así lo declaró el Subsecretario de Prevención y Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO), Víctor Amado Alonso Altamirano,

 “Este cambio en el sistema procesal penal en el país, revoluciona lo que conocimos durante cerca de 100 años a lo largo y ancho del territorio nacional, con la implementación de la Reforma Procesal Penal que recientemente entrara en vigor en todo el país”, puntualizó.

 Uno de los cambios principales que se observan –dijo- es el manejo que se le da a la prisión preventiva, ya que en el sistema tradicional que todos conocemos, lo que siempre iba por delante después de la consignación ante un juez de una averiguación previa, era la solicitud de una orden de aprehensión.

 Sin embargo, al ser este nuevo sistema, garante y respetuoso del debido proceso mediante la presunción de la inocencia, la prisión preventiva ya no es el primer recurso al que acudir, sobre todo en los casos de delitos no graves, a menos que exista supuesto de riesgo de fuga, de riesgo real para la víctima, para la sociedad o para algún testigo o familiar, así como riesgo de entorpecimiento de la investigación de los hechos.

 No así en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que ponen en riesgo la seguridad de la nación o el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

 Son diversas medidas menos gravosas que la prisión preventiva, en las que el imputado tiene la posibilidad de enfrentar el proceso sin que sea en la cárcel.

 Entre estas, el funcionario destacó las que el propio Código Nacional prevé, que pueden ser la presentación periódica ante un juez o ante la autoridad que se determine para una firma, el otorgamiento de una garantía como no salir de determinada demarcación territorial, no abandonar el país, la separación del domicilio en el caso de los delitos de violencia intrafamiliar o la suspensión temporal del ejercicio de alguna actividad profesional e incluso el resguardo en el propio domicilio.

 “No obstante, son delitos que serán investigados. Esto no implica que no vaya a haber una sanción o reparación del daño que se haya cometido cuando así proceda. Solamente que ahora, justicia ya no es sinónimo de cárcel”, asegura.

 Este escenario incide necesariamente en la población penitenciaria, que de acuerdo a las cifras proporcionadas por el Subsecretario de Prevención y Reinserción Social, rebasa los 4 mil 400 internos en todo el estado.

 Es decir, este cambio de paradigma implica la reducción de dicho número porque las personas ya internas a quienes aún no les haya sido dictada sentencia, pueden solicitar enfrentar su proceso fuera de los centros de reinserción y por otra parte, los ingresos diarios al Sistema Penitenciario, disminuirán.

 Para este efecto, Víctor Amado Alonso Altamirano recordó la dirección de la Subsecretaría de Prevención y Reinserción Social, así como de la Unidad de Medidas Cautelares, que se encuentran en la calle Puerto Mazatlán 207, colonia Eliseo Jiménez Ruiz, Oaxaca de Juárez, Oax., a fin de que las o los interesados en asesorías acudan libremente.

 

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