Reforma Congreso del Estado Ley de Protección Civil para implementar un Sistema de Alerta Temprana inclusivo

El dictamen de la Comisión Permanente de Seguridad Pública y Protección Civil establece la integración de criterios de equidad de género, interculturalidad y accesibilidad universal para grupos de atención prioritaria y personas con discapacidad

COMUNICADO

San Raymundo Jalpan, Oax., a 06 de agosto de 2026.- Para salvaguardar la vida de la población y garantizar que los avisos de emergencia lleguen de manera oportuna a toda la ciudadanía, la LXVI Legislatura del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria, con 33 votos a favor, el dictamen mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos para el Estado de Oaxaca, estableciendo las bases legales para la creación e implementación del Sistema de Alerta Temprana en la entidad.

La reforma, originada de una iniciativa presentada por la diputada Haydeé Irma Reyes Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, y dictaminada por la Comisión Permanente de Seguridad Pública y Protección Civil, coloca a Oaxaca a la vanguardia en materia de prevención e inclusión, al mandatar que todo mecanismo de alertamiento contemple obligatoriamente enfoques de accesibilidad integral, equidad de género e interculturalidad.

Con la modificación a la fracción VIII del artículo 35, la adición de las fracciones II Bis y LXX Bis al artículo 4, y la incorporación del Capítulo IV al Título Tercero de la citada ley, que integra los artículos 80 Quáter, 80 Quinquies, 80 Sexies y 80 Septies, se garantiza que la información previa ante amenazas geológicas, meteorológicas u otros fenómenos perturbadores llegue de manera oportuna, clara y efectiva a sectores en situación de vulnerabilidad, prioritariamente a personas con discapacidad, personas adultas mayores y comunidades indígenas.

El dictamen define a la Alerta Temprana y al Sistema de Alerta Temprana como herramientas integrales de gestión del riesgo que abarcan desde el monitoreo técnico y la predicción, hasta la comunicación y la preparación comunitaria previa al impacto de un desastre. Asimismo, establece que el sistema estatal se articulará con los sistemas nacional y municipales para evitar duplicidades institucionales y optimizar los recursos existentes.

Entre las especificaciones operativas, la normativa faculta a la Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos (CEPCyGR) para promover la instalación de sistemas de alarma audibles y visibles vinculados al Sistema de Alerta Sísmica. De igual forma, mandata el despliegue de una red multicanal que combine altavoces, sirenas en espacios públicos, señalización visual, mensajes de texto, notificaciones móviles y la transmisión de avisos en radios comunitarias y medios oficiales locales.

Adicionalmente, la ley obliga a las autoridades a realizar simulacros incluyentes que permitan poner a prueba la efectividad de los protocolos de evacuación con la participación activa de personas con discapacidad, así como a adecuar los planes de contingencia en los 570 municipios del estado.

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