Propone diputada Naty Díaz iniciativa de reforma al Código Familiar de Oaxaca

COMUNICADO
La diputada local y coordinadora de la Fracción del Grupo Plural, Antonia Natividad Díaz Jiménez, presentó en la Sesión Ordinaria del Congreso de Oaxaca de este martes, una iniciativa para reformar el Código Familiar en materia de matrimonio.
“En 1985, el escritor Milan Kundera escribió que dormir juntos era, en realidad, el cuerpo del delito del amor. Lo cito porque, aunque parezca extraño, no hace mucho la Suprema Corte de Justicia de la Nación tuvo que resolver una pregunta parecida: si una persona le es infiel a su esposa o esposo, ¿puede demandar por daño moral, como si el matrimonio fuera un contrato de compraventa que se incumplió?” expresó en entrevista.
La legisladora precisó que, la respuesta de la Primera Sala, en el Amparo Directo en Revisión 183/2017, fue que no. Y la razón que dio fue que el matrimonio, no es un contrato civil.
Indicó que, el artículo 6 del Código Familiar para el Estado de Oaxaca, vigente desde la reforma de 2024, señala que, el matrimonio es un contrato civil celebrado entre dos personas que se unen para realizar una vida en común y proporcionarse respeto, igualdad y ayuda mutua.
Abundó que esa redacción resolvió, el problema de fondo que el propio Congreso originó y que la Suprema Corte resolvió en el Amparo en Revisión 581/2012, y que dio origen al criterio por el cual hoy el matrimonio en Oaxaca ya no exige que sea entre un hombre y una mujer, ni que su finalidad sea la procreación.
“Ese paso ya lo dimos, y como oaxaqueña lo celebro. Pero nos falta un segundo paso. Y ese segundo paso es de fondo, no de forma”, señaló la diputada local.
Explicó que, por qué la palabra “contrato” no es un simple detalle de redacción. En un contrato civil, las partes negocian libremente su contenido: lo que se debe, lo que se recibe, las condiciones, las penas por incumplimiento.
Eso es exactamente lo que la Primera Sala de la Corte descartó que ocurriera en el matrimonio. La Corte retoma una doctrina de un jurista francés sobre los llamados “actos-condición”.
Aclaró que, cuándo dos personas se casan en Oaxaca, no están firmando un contrato a la medida de sus preferencias, si no están ingresando, por su propia voluntad y libre consentimiento, a una norma que la ley ya estableció de antemano para todas y todos por igual: con los mismos derechos, las mismas obligaciones, la misma protección.
“La Ciudad de México, desde 2009, dejó atrás la palabra contrato en su Código Civil. Hoy su redacción señala que el matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Y esta iniciativa retoma ese espíritu, pero va un paso más adelante: nombra expresamente lo que la propia Corte ya reconoció, que el matrimonio es una institución social y un acto jurídico-condición, y no un contrato negociado entre particulares”, expresó.
Fue clara al señalar que, la propuesta que presentó al pleno es de naturaleza estrictamente conceptual. Y que no modifica un sólo requisito para contraer matrimonio en Oaxaca. No toca los derechos que las parejas del mismo sexo ya ejercen desde 2019. No altera el régimen de disolución del vínculo ni la política de fomento a la formalización del concubinato.
“Su único propósito es que la ley oaxaqueña diga, con precisión, lo que nuestro máximo tribunal ya reconoce: que el matrimonio es una institución social por la cual dos personas, mediante un acto jurídico condición, constituyen un vínculo de vida en común sujeto al régimen de derechos y obligaciones que nuestro propio Código Familiar establece”, dijo Naty Díaz.
