Plantean suspender la patria potestad a quienes expongan a personas menores de edad al uso de armas de fuego
La iniciativa busca proteger la integridad de niñas, niños y adolescentes ante riesgos en el entorno familiar, sin que la medida implique el incumplimiento de las obligaciones alimentarias

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COMUNICADO
San Raymundo Jalpan, Oax., a 04 de noviembre de 2026.- Con el propósito de fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes ante situaciones de riesgo en el entorno familiar, la diputada Dulce Belén Uribe Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó una iniciativa para incorporar al Código Familiar del Estado como causa de suspensión de la patria potestad el auto de vinculación a proceso penal contra quien permita, facilite o tolere que una persona menor de edad acceda a armas de fuego, municiones o material explosivo, los posea o los utilice.
La propuesta establece que, ante este supuesto, corresponderá a la autoridad judicial decretar la suspensión, considerando el interés superior de la niñez y las circunstancias particulares de cada caso. Asimismo, el juez podrá determinar las medidas de convivencia supervisada que resulten procedentes, mientras que la persona suspendida deberá continuar cumpliendo con sus obligaciones alimentarias.
De acuerdo con la iniciativa, la suspensión tendrá carácter temporal y permanecerá vigente hasta que cause ejecutoria la resolución que ponga fin al proceso penal. De esta manera, se plantea que las autoridades jurisdiccionales cuenten con una herramienta para intervenir oportunamente ante posibles riesgos para la integridad de niñas, niños y adolescentes, sin tener que esperar a que exista una sentencia penal definitiva.
La legisladora también propone reformar la fracción VI del artículo 300 del Código Familiar, relativa a la suspensión de la patria potestad por auto de vinculación a proceso penal contra quien la ejerza por actos cometidos contra la madre de la niña o el niño, cuando atenten contra su integridad física, salud, libertad o libertad sexual. Además, plantea adicionar una fracción VII para incorporar el supuesto relacionado con la exposición de menores de edad a armas de fuego, municiones o material explosivo.
En la exposición de motivos se señala que el domicilio familiar debe constituir un espacio seguro para el desarrollo de la niñez, por lo que resulta necesario establecer mecanismos de protección ante conductas que puedan poner en peligro su integridad. La iniciativa precisa que la medida propuesta no sustituye las atribuciones federales en materia de regulación y control de armas de fuego, sino que atiende las consecuencias de estas conductas desde el ámbito del derecho familiar.
La iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción VI y se adicionan la fracción VII y un último párrafo al artículo 300 del Código Familiar para el Estado fue presentada durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXVI Legislatura y turnada a la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia para su estudio y dictamen.
