Ministro propone amparar a Lorenzo Córdova por burlas a líder indígena

El proyecto del ministro Javier Laynez plantea conceder un amparo para que la SEP se abstenga de distribuir los libros de texto de primaria en los que se acusa a Lorenzo Córdova de mofarse de un representante indígena.

MILENIO

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  planteará amparar a Lorenzo Córdova Vianello, ex consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), para que la Secretaría de Educación Pública (SEP) deje de distribuir los libros de texto en que se le menciona que se burló de un líder indígena.

De acuerdo con el proyecto consultado, Javier Laynez Potisek, ministro ponente del caso, subraya que la publicación de la SEP magnifica desproporcionadamente un hecho, lo que modifica la percepción pública sobre la trayectoria del quejoso.

Así fue la presunta burla de Lorenzo Córdova

En mayo de 2015, en la plataforma de YouTube se difundió el audio de una llamada bajo el título “Lorenzo Córdova (sic) espiado discrimina a pueblos indígenas”, en la cual se le escucha hablar con el entonces secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, a quien le dice lo siguiente:

“No mames, cabrón: es que, desde las dramáticas reuniones con los padres de Ayotzinapa hasta esto, había un mundo. No voy a mentir. Te voy a decir cómo hablaba ese cabrón: ´Quiobo, jefe gran nación chichimeca. Vengo Guanajuato. Yo decir a ti, o diputados para nosotros o yo no permitir tus elecciones´”.

Tras conocer la difusión, Lorenzo Córdova ofreció una disculpa pública y condenó la intervención ilegal de la llamada telefónica, razón por la cual presentó una denuncia en la Procuraduría General de la República (PGR) lo que dio origen a una investigación.

¿Qué decían los libros de la SEP sobre este suceso?

Sin embargo, en el sexenio pasado, en el libro “Proyectos Comunitarios” de sexto grado de primaria para los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025, se hace mención del quejoso con la siguiente cita:

“2015 En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.

Ministro propone amparo

El próximo 2 de julio, el ministro Javier Laynez Potisek presentará un proyecto a sus homólogos de la Segunda Sala de la Corte en el que propone conceder la protección de la justicia al ex consejero.

“Esta Segunda Sala considera que resultan fundados los argumentos del quejoso a través de los cuales plantea que el acto reclamado transgrede su derecho al honor y reputación debido a que modifica la opinión, idea o concepto que la gente tiene sobre dicha persona, ya que sólo muestra una parte de los hechos que dieron su origen y demerita las cualidades morales y profesionales que ha demostrado a lo largo de su carrera académica y profesional”, detalla la propuesta.

En su amparo, Lorenzo Córdova dijo que la publicación no solo transgrede sus derechos, sino también los derechos fundamentales de la niñez mexicana. Además, que el acto tiene como base un hecho ilícito consistente en la intervención ilegal de sus comunicaciones privadas e irradia efectos perniciosos, graves y perjudiciales que menoscaban y lesionan sus derechos fundamentales a la presunción de inocencia y al debido proceso.

Laynez Potisek indica que, en este asunto, se actualizan dos supuestos, ya que, por una parte, la publicación constituye una descalificación a la probidad profesional del quejoso debido a que omite información elemental para comprender el contexto, presenta el evento de manera sesgada como si fuera un patrón de conducta y magnifica desproporcionadamente un suceso aislado, lo que daña grave e injustificadamente su imagen pública.

Y, por otra, la publicación reclamada también constituye una descalificación personal, pues el incidente al que hace referencia no debe demeritar de forma permanente su labor académica y profesional en el ámbito de protección a los derechos humanos, especialmente, considerando que el propio quejoso reconoció públicamente la gravedad del hecho y se disculpó.

“Por tanto, esta Segunda Sala concluye que la publicación reclamada transgrede la dimensión objetiva del derecho al honor del quejoso, pues modifica la opinión, idea o concepto que la gente tiene sobre dicha persona, ya que sólo muestra una parte de los hechos que dieron su origen y demerita las cualidades morales y profesionales que ha demostrado a lo largo de su carrera académica y profesional”, menciona el ministro.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button