Iniciativa de Reforma busca regular establecimientos de suplementos alimenticios para evitar confusión sobre servicios de salud

Se plantea incorporar obligaciones de información visible en estos comercios y establecer sanciones por incumplimiento, a fin de proteger los derechos de las personas consumidoras

COMUNICADO

San Raymundo Jalpan, Oax., a 26 de octubre de 2026.- Con el objetivo de proteger el derecho a la salud y garantizar que la población reciba información clara sobre los productos que consume y los servicios que contrata, se presentó en el Congreso del Estado una iniciativa para regular los establecimientos dedicados a la comercialización de suplementos alimenticios, conocidos como centros de nutrición, clubes de bienestar o de control de peso.

La propuesta, impulsada por la diputada Mónica Belén López Javier, del Grupo Parlamentario de la Transformación Oaxaqueña, plantea adicionar el Capítulo Segundo al Título Décimo Primero de la Ley Estatal de Salud, mediante los artículos 159 Bis, 159 Ter y 159 Quárter, para establecer la obligación de informar de manera visible sobre la actividad comercial de estos negocios y diferenciarlos de los consultorios o servicios profesionales de atención nutricional.

Entre las medidas propuestas se contempla que los establecimientos que no cuenten con profesionales de la nutrición acreditados informen expresamente que no ofrecen consultas ni atención profesional en salud. Asimismo, se busca impedir que realicen diagnósticos, evaluaciones clínicas o nutricionales personalizadas y elaboren planes de alimentación sin el respaldo profesional correspondiente. Cuando se brinden servicios de nutrición individualizados, la iniciativa plantea identificar al profesionista responsable mediante su nombre y cédula profesional. También propone incorporar sanciones económicas en el artículo 322 para quienes incumplan las disposiciones informativas.

Durante su intervención en tribuna, la legisladora señaló que la propuesta no pretende prohibir la venta de suplementos alimenticios ni obstaculizar una actividad comercial lícita, sino evitar que la ciudadanía confunda la comercialización de estos productos con la prestación de servicios profesionales de salud, y destacó la importancia de que las y los consumidores puedan distinguir entre ambos servicios al tomar decisiones sobre su bienestar.

En la exposición de motivos se advierte que algunos establecimientos utilizan denominaciones y prácticas que pueden generar la percepción de que cuentan con personal especializado, aun cuando no disponen de profesionales con título y cédula legalmente expedidos. Esta situación puede propiciar que las personas reciban recomendaciones sobre productos, mediciones corporales o planes alimenticios sin la intervención de personal calificado.

Por lo tanto, se busca fortalecer la transparencia en la prestación de servicios relacionados con la alimentación y el bienestar, así como brindar mayor certeza a las personas consumidoras, sin invadir las competencias federales en materia de regulación sanitaria de los suplementos alimenticios.

La propuesta fue presentada durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXVI Legislatura y fue turnada por la Mesa Directiva a la Comisión Permanente de Salud para su estudio y dictamen.

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