Inconstitucional prohibir uso de PET en Oaxaca

MELINA TAÍZ

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional a nivel nacional, la legislación impulsada en junio de 2019 en Oaxaca que prohíbe el uso de envases desechables de PET y unicel.

A través de un amparo hecho por Coca-Cola Femsa por medio de su embotelladora PROPIMEX y su distribuidora OXXO, impugnó la constitucionalidad de las fracciones XI y XII del artículo 98 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

De acuerdo a la Ley General en su artículo 100 “prevé de forma limitativa, un catálogo de prohibiciones que podrán contener las legislaciones estatales en relación con la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos; no obstante, ninguno de sus supuestos contempla alguna relacionada con la venta, distribución o uso de envases, embalajes u otros productos de un solo uso, elaborados con PET o unicel”.

Con ello, se estableció que la Federación y los estados no cuentan con las facultades para prohibir el uso de este tipo de envases elaborados con tereftalato de polietileno y poliestireno expandido.

Las normas establecen que si bien no se puede prohibir su uso, comercios que generen más de 10 toneladas anuales de este material deberán presentar un plan de manejo especial.

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