Congreso: Murat, es Gobernador electo

detras-villacana-2-octubre-16DETRÁS 02 OCTUBRE 16
Alfredo Martínez de Aguilar

 

A 60 días y 1440 horas de su toma de posesión, diputados del Congreso del Estado aprobaron la expedición y publicación del Bando Solemne con el que se informa a la ciudadanía que Alejandro Murat Hinojosa es el Gobernador Electo de Oaxaca.
Los legisladores hicieron la aprobación a dos meses que Alejandro Murat tome posesión como gobernador ante el Pleno de la Cámara de Diputados, que en este caso será la LXII Legislatura.
Con este anuncio, la Cámara de Diputados aprobó los resolutivos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), quienes determinaron y avalaron el triunfo del candidato de la coalición conformada por el PRI, Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, el pasado 05 de junio.
La cita con la historia y el destino de Alejandro Murat iniciará al tomar posesión el próximo 01 de diciembre ante la Cámara de Diputados Local bajo las mayores expectativas de hacer realidad El Milagro Oaxaqueño.
Para dar un toque de suspenso y hacerla de emoción hasta el momento se desconoce si la sede de la toma de protesta serán las instalaciones del Poder Legislativo, luego que la Sección XXII de la CNTE anunció sabotear el acto.
Los diputados confían que la toma de protesta se dé en las instalaciones de San Raymundo Jalpan, de lo contrario, podrían cambiar de sede.
Alejandro Murat tomará posesión ante la LXIII Legislatura que entrará en funciones el próximo 13 de noviembre, seguramente bajo la coordinación de la fracción del PRI por María de las Nieves García Fernández.

Tengo la conciencia y las
manos limpias: Villacaña

Cuestionado sobre la presunta corrupción en la obra pública municipal, compras y adquisiciones sin licitación del Ayuntamiento capitalino, supuestamente adjudicadas a familiares, amigos y compadres, Javier Villacaña Jiménez rompe el silencio, desmiente y afirma:
“Mis adversarios políticos, porque no tengo enemigos, podrán decir misa. Tengo las manos limpias y la conciencia tranquila y puedo mirar de frente a todos. Si alguien tiene pruebas que presente la denuncia correspondiente en las instancias respectivas”.
En defensa de su dicho, asegura que en las más de 14 auditorías practicadas a la administración municipal no tienen una sola observación en las diversas áreas, que implique sanción o simple suspicacia, que obligue a investigar.
Sostiene que a la vista de todos está el hecho que, por primera vez, en muchos trienios se construyen diversas obras en todas las 13 agencias municipales, en las colonias y la propia ciudad capital. Es muy fácil descalificar y acusar sin pruebas de manera anónima.
Las gestiones en la cámara de diputados federal, la Secretaría de Hacienda, CFE, PEMEX, entre muchos otros lados, permitirán entregar casi tres veces más de lo que se esperaba, dado el raquítico presupuesto del municipio. “Es una de las estrellitas que nos llevamos en la frente”.
Entrevistado en su oficina del Palacio Municipal, Villacaña destacó que recibió el Ayuntamiento con un presupuesto de 1068 millones de pesos, de los cuales entre 86 y 90 por ciento está comprometido en servicios personales en todo lo que es gasto corriente.
El presupuesto de obra no rebasa los 180 millones de pesos al año. Sin embargo, con satisfacción resaltó que a lo largo de los tres años entregará casi 900 millones en obras y en este último año el presupuesto total rondará los 1200 y tantos millones de pesos.
Ello, a pesar que cayeron de manera considerable los recursos propios de recaudación. El adeudo histórico de contribuyentes suma más de 500 millones de pesos y el atorón actual es por la falta de recaudación de 100 millones de pesos. Espera que la gente omisa se ponga el día.
Habla de más de 600 obras y acciones que no determinó él, sino los agentes municipales y de Policía, y las colonias. No es solo la inversión, sino el tipo de obras que dan respuesta a necesidades que tenían años sin atenderse, por ejemplo, en Santa Rosa parte alta y Viguera
Obras que fortalecen, incluso, la vocación turística como la remodelación del andador semi peatonal García Vigil, con fuentes de financiamiento diferentes como el FONCA, que no permiten ejercerlas en otros lados, por ejemplo, en lo que se está haciendo en el centro histórico.
Advierte que quien se atreva a acusarle sin pruebas, será contrademandado, como ocurrió al ex secretario de Desarrollo Económico Municipal, Jaime Castellanos del Campo, preso, por amenazas y extorsión.
Sin dar nombres, atribuye las denuncias mediáticas en su contra a las intrigas políticas de sus adversarios que no han terminado de entender que ‘ya bailaron y se tienen que sentar’, además que están obligados a hacerlo, porque son consumados perdedores que no ganan elecciones.
No hay ninguna obra, compra o adquisición fuera de la norma, subraya. Acaban de recibir oficios de 2014 y 2015 que reconocen que la obra cumple con todos los requisitos técnicos, de calidad y demás, lo que da por sentado que las cosas se están haciendo bien.
Recuerda que, incluso, le difamaron por la camioneta que rentaba. Ha habido mucha maldad y saña para tratar de minimizar lo que estamos haciendo. El origen cae en el terreno político. La realidad, es que en todas las agencias hay un reconocimiento pleno a la labor de esta autoridad.
Aumentó el presupuesto con gestiones. Este año el presupuesto del ramo 33 es de 108 millones de pesos y por las gestiones en la cámara de diputados, logró casi lo mismo. Por el apoyo de los diputados priistas habló de casi 32 millones de pesos.
El diputado Francisco Martínez Neri respondió muy solidariamente con las necesidades y negociaciones para la capital y obtuvo casi 180 millones de pesos, a los que se suman casi 17 millones de pesos en CFE, y del FONCA 15 millones de pesos más.
Trajo, también, recursos de la federación por 22 millones de pesos para construir el Museo Infantil de Oaxaca, más los 5 que pone la Fundación Harp Helú y los 5 que pone el Ayuntamiento. Gestionó más de 70 millones de pesos de Hacienda para pavimentación.
Sobre la falta de título y cédula profesional, dijo que para ser presidente municipal no se necesitan. No obstante, es importante que la gente sepa que es mentira que se diga que no los tiene, perdió la cédula, pero está registrada en la Dirección General de Profesiones de la SEP.
“Se ha hecho mucho escándalo y lo paradójico es que haya tanta saña en este asunto en el caso de Javier Villacaña, cuando ha habido otros políticos que aspiraron a ser gobernadores y no tienen título ni cédula profesional. Ha habido intenciones perversas, los tres años han sido así”.
Hubo quienes bajaron de la página de Transparencia del Ayuntamiento la lista de obras y lo vendieron como si fuera algo ilícito. Nos apoyamos en lo que permite la ley, no puede ser de otra manera. El tema del título está claro, aun cuando para ser presidente no se necesite éste.
Aunque quiera atender el bacheo no lo puede hacer porque la gente no sabe que desde 2014 los recursos ya no pueden destinarse a ese tema. Han tenido que buscar recursos extraordinarios y acaba de recibir casi un millón de pesos que permitirán iniciar una segunda etapa de bacheo.
La gente no sabe, tampoco, que en la capital robaron 3 mil 500 metros de cable del alumbrado público que dejaba las calles a oscuras. Los leds de los semáforos nuevos fallaron por vandalismo porque en más de 14 cruceros robaron las tarjetas madre o cartas de memoria.

Constancio, honor a
quien honor merece

Justo y merecido reconocimiento del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca al magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Constancio Carrasco Daza por su trayectoria y aportaciones al sistema jurídico en esta materia.
En el Paraninfo de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, de donde es egresado el galardonado, magistrados y representantes de institutos estatales electorales de varios estados respaldaron el reconocimiento entregado por Raymundo Wilfrido López Vásquez, magistrado presidente del TEEO.
Carrasco Daza destacó que la democracia es la forma de gobierno que garantiza un esquema deseable de paz social, ya que como lo señala el artículo 3º. Constitucional, la democracia no solo debe ser una estructura jurídica ni un régimen político, sino una forma de vida fundado en el constante mejoramiento de las condiciones sociales y culturales del pueblo.
La visión contemporánea de la democracia debe reconocer que ésta solo se materializa mediante el aseguramiento de los derechos programáticos mínimos, “sin salud, sin educación, sin trabajo, sin vivienda, sin seguridad pública ni un medio ambiente sano, no hay democracia”.
Por ello, el reto más importante de la justicia electoral es poder transformar la vida de sus destinatarios, esto es, generar condiciones que permitan la plena satisfacción de los bienes básicos de todos.
“La única forma de justificar el modelo político-electoral que tenemos con sus interminables reformas, alto costo económico, político y humano -que por cierto paga la sociedad- es resolver ya, los mínimos de bienestar general, lo que exige un compromiso integral de todos los sectores sociales.
Los partidos políticos y candidatos independientes deben elevar el nivel de las campañas políticas en México, para lo cual la única vía es formar y participar a través de buenos candidatos.
La sociedad tiene un deber correlativo, exigir el cumplimiento pleno de su derecho de participación política, tomar parte en los asuntos que nos aquejan.
“Oaxaca -sin duda- implica retos mayúsculos que solo pueden cumplirse con una vocación firme de consolidar derechos básicos, los derechos exigen una visión incluyente, igualitaria y plenamente informada cuando se desarrollan en un escenario como éste”, manifestó.
Oaxaca es diversidad, es marginación, es cultura y a partir de esa realidad debemos construir el consenso que tanto le hemos debido a los oaxaqueños, “el anhelo de un estado de derecho pleno en Oaxaca debe alcanzarse con un modelo amplio de libertades, sujeto solo a parámetros razonables y objetivos en el marco de la sociedad que somos, libre y plural”.

Recuperar liderazgo,
reto de los arquitectos

Al felicitar, festejar y reconocer el talento y dedicación de los arquitectos en su Día, no por egoísmo de falsos halagos, el presidente del Colegio de Arquitectos de Oaxaca, Alfredo Juan Carreño León, dijo que su mayor reto es recuperar el prestigio de ser líderes de opinión,
Y comprometió: “Hoy en día, los arquitectos colegiados sabemos reconocer los tiempos y habremos de ser capaces de ponernos de acuerdo con el resto de la sociedad para dirigir el rumbo de nuestras ciudades y pueblos”.
Sin duda, no falta razón al dirigente del Colegio de Arquitectos al comprometerse con los oaxaqueños y el nuevo gobierno es una gran oportunidad, sin embargo, no es menos cierto que muchos de ellos también han fallado y saqueado a Oaxaca.
Tienen claro cuál es su función, disfrutan el papel de creadores de los espacios públicos, saben conducirse con ética profesional, se identifican responsablemente con el manejo sustentable del medio ambiente, saben la importancia del valor histórico de nuestro patrimonio edificado y están dispuestos a transformar cada lugar donde la actividad humana les requiera.
Inicialmente, señaló que hay un tiempo para cada cosa y un momento para realizarla, hay un tiempo para derribar y otro para construir, sentencia el libro del Eclesiastés, el hombre que no identifica los momentos correctos para cada cosa resulta imprudente, sus esfuerzos son vanos y su trabajo no prospera.
Así, el tiempo para edificar o para que los obreros realicen la obra del talentoso diseñador, debe ser congruente con las circunstancias que imperan en su entorno, esta sencilla regla dará la pauta para esperar el momento de iniciar los trabajos, mientras tanto, como decía un viejo tango: En la noche el músculo duerme, la ambición trabaja.
Sin embargo, el arquitecto ocupa este tiempo para crear y para consolidar sus propuestas, durante noches y días de largas jornadas se desarrollan planos y maquetas, se sueña con grandes edificios que al fin y al cabo en esta etapa, solo es tinta sobre papel, pero que al final tomarán la dimensión correcta, el tamaño adecuado, ni más grande, ni más pequeño.
Muchos siglos antes, en la antigua Roma, Vitrubio, el llamado padre de la Arquitectura dijo que el que pretendiera ser arquitecto, se cerciorara, primero, si tiene el talento y, luego si sería capaz de realizar el esfuerzo para desarrollarlo y que debía conocer de todas las ciencias, porque el talento sin esfuerzo no sirve y el esfuerzo sin talento tampoco da resultado.

alfredo_daguilar@hotmail.com
director@revista-mujeres.com
@efektoaguila
El presidente municipal de Oaxaca de Juárez es de los

Gobierno recibe indulgencia del SAT en 2015
Septiembre 25, 2016 – 08:16
Sin Embargo

Las buenas cuentas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no serán la huella de Gabino Cué Monteagudo cuando deje el Gobierno de Oaxaca. Tomó posesión en 2010 y encarnó la esperanza de que en esa entidad averiada por la miseria y el añejo conflicto magisterial, el destino cambiara un poco. Era el primero en 70 años que no fue postulado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Sus cartas académicas eran fuertes. Se licenció en Economía con maestría en Dirección Económica y Financiera en el Instituto Directivo de Empresas en Madrid, España y se doctoró en Hacienda y Economía del Sector Público en la Universidad Complutense de ese país. Un perfil de economista que podía encarar esa herencia de deuda pública de 4 mil 615 millones de pesos en 2010.

Pero el resultado fue inverso. Para 2015, ese endeudamiento se había elevado a 13 mil 175 millones de pesos, un incremento de 185 por ciento, según datos de la misma Secretaría de Hacienda que debe llevar un registro histórico de las obligaciones fiscales de los estados de la República. Además, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó en su fiscalización presentada ese mismo año que más de 10 millones 602 mil pesos podrían haberse ejercido de manera irregular, lo que constituiría un daño al patrimonio del estado debido a irregularidades en la operación de transferencias del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (Fassa).

El Gobierno –según la ASF– habría tomado dinero de ese fondo para pagar adeudos que tenía con Hacienda desde 2013 por actualizaciones y recargos del Impuesto Sobre la Renta retenido a los trabajadores. El desajuste costó 5 millones 458 mil 747 pesos que al final, no fueron reportados.

También lo hizo para pagar sueldos a dos trabajadores que no cumplían con el perfil laboral, lo que ocasionó un boquete de 3 millones 996 mil 963 pesos en el Fassa.

Además, hubo un posible daño a la Hacienda pública por 842 mil 472 pesos porque la Secretaría de Finanzas del Gobierno del estado no transfirió en su totalidad los rendimientos financieros generados de el fondo.

Cada transferencia que el Gobierno de Cué Monteagudo hizo de Fassa ocurrió sin transparencia. En su informe, la ASF expuso: “Se registraron igualmente incumplimientos en las obligaciones de transparencia sobre la gestión del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, ya que la entidad federativa no proporcionó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los informes previstos por la normativa sobre el ejercicio y destino de los recursos del primer trimestre de nivel fondo; tampoco reportó de manera pormenorizada la información relativa al avance de las acciones realizadas, y no realizó la evaluación sobre los resultados del fondo, lo cual limitó al gobierno del estado conocer sus debilidades y áreas de mejora”.

Pese a este relato, la Secretaría de Hacienda benefició al Gobierno de Gabino Cué en 2015 con la condonación de 9 mil millones 540 mil 48 pesos, una cifra parecida a la que el órgano fiscalizador señala por daño patrimonial a la entidad.

OAXACA, UN SEXENIO DESPUÉS

Gabino Cué Monteagudo entregará la administración estatal de Oaxaca a Alejandro Murat el próximo 1 de diciembre. Le llegó el momento de hacer corte. Y recibir el juicio social una vez que deje el poder. No se trata sólo de los informes financieros; sino de los resultados en pobreza, la protección de los derechos humanos, el conflicto magisterial a partir del cual explotó la tragedia de Nochixtlán y algunos episodios de corrupción.

Uno de sus ex colaboradores y hoy Senador de la República por Oaxaca, Benjamín Robles Montoya, se convirtió en uno de sus más puntuales detractores. “Deja una deuda impresionante. No puede ocultarse. Eso contrasta con las obras públicas. Contrasta con el hecho de que hay más pobres. Es sorprendente que Hacienda le condone impuestos a un Gobierno con este tipo de administración”.

Cuando en 2010 tomó posesión, una de las frases de Cué Monteagudo fue “no más represión”. Se refería al añejo y encajado problema magisterial. Cientos de maestros rodeaban el Congreso de la Unión y lo escucharon con atención. Él tenía seis años de futuro y aquellas palabras fueron interpretadas por observadores, periodistas y los mismos maestros como un signo de que los tiempos traerían la negociación con la disidencia magisterial agrupada en la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).

La CNTE surgió en 1989 para oponerse a la designación de Elba Esther Gordillo Morales en el Sinicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). En Oaxaca siempre fue y aún es, muy poderosa. Por ejemplo, bajo su dominio tuvo al Instituto Estatal de Educación Pública (IEEEPO), conformado en 1992. Con el plan de federalización de la educación de ese año, el entonces Presidente Carlos Salinas de Gortari, la CNTE y el Gobierno del estado firmaron un convenio que le otorgó el derecho a la sección 22 del SNTE, adscrita a la CNTE, de nombrar a los funcionarios, jefes de departamento y directivos.

Gabino Cué heredó ese pasado. Las escenas de los maestros en Oaxaca jamás han carecido de tintes violentos. Ya sea urnas quemadas o ayuntamientos apedreados, la sección 22 ha aparecido como la protagonista de varias historias de daño. En 2006, en la capital oaxaqueña, en la entraña de la sección, se gestó la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) que permaneció varios meses en plantón en contra del Gobierno de Ulises Ruiz que antecedió al de Gabino Cué.

En la APPO, participaron 365 organizaciones sociales, ayuntamientos populares y sindicatos. Colocaban barricadas y efectuaban incendios hasta que un día, la Policía Federal logró desalojarlos.

Experto en movimientos sociales en México, José Fernández Santillán, investigador en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de México (ITESM) encuentra que la CNTE significa en Oaxaca un movimiento de oposición que va más allá de los gobiernos en turno, al que jamás se quiso contener en el pasado.

Y a Gabino Cué ese desencuentro le explotó en las manos.

En 2013, el Presidente Enrique Peña Nieto envió al Congreso de la Unión una reforma a la estructura de la Educación que implicaba –implica aún– una evaluación general de los docentes. Las manifestaciones en contra se azuzaron. Ya no sólo fue Oaxaca. 40 mil maestros se apostaron el Zócalo de la Ciudad de México durante poco más de un mes en uno de los campamentos más grandes en la historia de la capital del país.

Gabino Cué Monteagudo se convirtió en el Gobernador que puso freno a ese movimiento desde el ámbito legal y a través de una negociación con el Gobierno federal. El 21 de julio de 2015 anunció la desaparición del Instituto Estatal de Educación Pública (IEEPO) para conseguir la modernización del sistema educativo del estado. En la foto alusiva quedaron el Secretario de Educación Pública (SEP), Emilio Chuayffet Chemor, y el vocero de la Presidencia de la República, Eduardo Sánchez, y él el Gobernador que cinco años antes encarnó la esperanza de la negociación. Juntos dieron a conocer que se crearía un nuevo instituto de educación descentralizado, con personalidad jurídica y autonomía de gestión. El decreto que ordena la transformación amaneció publicado en el periódico oficial de la entidad.

Y las cosas iban bien en apariencia. Pero el domingo 19 de junio Oaxaca, otra vez, se vio obligada a enlutarse. Ocurrió otra de las tragedias que marcarían el sexenio de Enrique Peña Nieto (Ayotzinapa, Tlatlaya, Tanhuato eran las otras). Elementos de la Policía Federal y del estado intentaron destrabar un bloqueo de maestros en una carretera de Nochixtlán. Se enfrentaron. Hubo piedras, palos, bombas molotov y balas. Ocho personas murieron y 40 resultaron heridas. ¿Quién mató a los de Nochixtlán? ¿Quién disparó? Los meses han transcurrido y es la hora en que no hay un reporte oficial sobre esta responsabilidad.

Lo cierto es que ese día, Gabino Cué Monteagudo se encontraba en una fiesta. Se casaba el Secretario de Obra Pública de Guerrero, Rafael Navarrete. Él, quien el día uno de su Gobierno pronunció la frase “no más represión” debió abandonar el brindis, ubicarse en su despacho y enfrentar la barricada cultural que organizó el escultor Francisco Toledo en el atrio de Santo Domingo de Guzmán para que Nochixtlán no volviera a repetirse.
No cederemos a presiones en investigación a Javier Duarte: Ochoa Reza

El dirigente nacional del PRI manifestó que no actúan bajo ningún tipo de presión política; asegura que darán continuidad a la revisión de otros casos
25/09/2016 16:13 NOTIMEX / FOTO: CUARTOSCURO

Este lunes se reúne la comisión de Justicia del PRI para analizar la situación del gobernador Javier Duarte. Foto: ‏@EnriqueOchoaR

CIUDAD DE MÉXICO.
El líder nacional del PRI, Enrique Ochoa Reza, subrayó que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria revisará a profundidad el caso del gobernador de Veracruz, Javier Duarte y no cederá a ningún tipo de presión.
El PRI está haciendo su trabajo y no nos dejaremos intimidar, y seguiremos hacia adelante, también, exigiéndole a los otros partidos políticos que se hagan cargo de sus propios escándalos de corrupción”, indicó el dirigente partidista.
Entrevistado en Guadalajara, Jalisco, el dirigente nacional del PRI reconoció que cuando se afectan intereses se esperan reacciones, pero la Comisión Nacional de Justicia Partidaria y el PRI seguirán revisando los casos y no cederán a presión alguna.
Mencionó que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria ya convocó a su sesión el lunes por la tarde, para revisar el caso de Veracruz, donde el gobernador Javier Duarte y otros funcionarios de su gobierno, han sido señalados por distintos actos que merecen una explicación puntual.
Ha habido distintas investigaciones de instituciones del Estado mexicano, ha habido múltiples señalamientos en la prensa nacional y en consecuencia la Comisión Nacional de Justicia Partidaria sesionará para analizar el caso”, comentó.
En el mismo sentido, el dirigente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) dijo que también la Comisión Nacional de Justicia Partidaria continuará revisando otros casos que involucran a los gobernantes de otros estados de la República.
En el PRI estamos llegando puntualmente a la cita con la transparencia, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción. Es una demanda de la ciudadanía y es una responsabilidad de los priistas y de todos los partidos políticos, construir un Sistema Nacional Anticorrupción responsable, creíble, con prestigio, que nos permita avanzar en la ruta de la transparencia y la rendición de cuentas”.
A pregunta expresa sobre los señalamientos de corrupción en Jalisco, sostuvo que dentro del priismo en la entidad y en cualquier parte del país, “el pronunciamiento que hemos hecho es que los priistas seremos los primeros en señalar los actos donde se le falle a la ciudadanía.”
En consecuencia, adelantó que solicitarán que se analice el caso con todo cuidado, con toda veracidad y, por lo mismo, también que sean las instituciones correspondientes de Jalisco y de la Comisión de Justicia Partidaria en el estado, quienes conozcan el caso, acumulen las pruebas y sesionen en consecuencia.
Por otra parte, Ochoa Reza reafirmó que la relación entre el PRI, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza, es fluida y plural, “respetamos las diferencias”.
Seguimos construyendo juntos la posibilidad de establecer alianzas que nos permitan convocar de manera responsable al voto de las mayorías en los estados de Coahuila, Nayarit, Estado de México y Veracruz, donde se celebrarán elecciones en el año 2017″.

Enrique Ochoa, suicida defensa de una casta

La Feria
SALVADOR CAMARENA
27 septiembre 2016 13:5

Desde la primera hora de su joven gestión al frente del tricolor, Enrique Ochoa Reza basó en el combate a la corrupción el eje de su discurso.
El líder nacional del PRI alzó la voz para fustigar reprobables conductas de diversos mandatarios estatales, a quienes se culpaba del fin del histórico dominio de los priistas en estados como Tamaulipas, Quintana Roo o Veracruz, y de ser la raíz de dolorosos reveses en entidades que ya habían recuperado, como Chihuahua.
Imposible contradecir a Ochoa en ese renglón.
Ochoa llegó al PRI luego de la derrota de junio con la idea manifiesta de emprender una limpia de corruptos. Esa batalla es en dos frentes: al interior del partido y hacia la sociedad en general. 

El fin de semana Ochoa recibió un bazucazo, presumiblemente de fuego amigo que, sin embargo, lo desgasta, sobre todo en el segundo frente, en su imagen ante electores que al PRI le urge recuperar. 

Diversos medios publicaron que Ochoa Reza cobró una liquidación de 1.2 millones de pesos por su paso de poco más de dos años al frente de la Comisión Federal de Electricidad. 

La defensa del eléctrico colaborador de Enrique Peña Nieto no puede ser más reveladora. Y más que preocupante para la pregonada batalla contra la corrupción. 

“No recibí trato preferencial alguno”, dijo en un video Ochoa. Esa línea resume toda una filosofía, una manera muy particular de vivir en la confusión, de no entender lo que la sociedad demanda.

No está mal lo que ustedes creen que está mal porque no soy el único que al haber pasado por la CFE ha recibido una liquidación tan abultada. Ese el mensaje de Ochoa Reza. 

Dueño de una retórica vehemente, de estudios en México y en el extranjero, en cinco palabras Ochoa reprueba en una materia elemental: no entiende que cuando se dice corrupción, la gente también piensa en esas condiciones, así sean legales o tradicionales, a las que sólo tienen derecho aquellos que pertenecen a esa casta dorada que es la alta burocracia. 

Ochoa pierde el foco de manera lamentable. Él tuvo el privilegio de que se le encargaran los destinos de una empresa fundamental en el país. Ese privilegio pudo haberlo usado para muchas cosas, entre ellas para mandar el mensaje de que a diferencia de otros directores de la CFE, él podría ajustar un mecanismo de retribuciones que a todas luces, desde cualquier café o escritorio, es visto como desproporcionado, abusivo, injustificado e insultante en un país que año con año batalla para que no tantos mexicanos caigan en pobreza. 

En entrevista con Animal Político, uno de los medios que publicó la noticia de su millonaria liquidación, es palmaria la incomprensión de Ochoa sobre lo falaz del argumento que usa como defensa. Cito a ese portal: “criticó que la normatividad vigente sólo considerara la antigüedad y no “el desempeño”, porque –según su versión– tuvo logros durante su administración que no consiguieron sus predecesores” (http://bit.ly/2d9fX44)

Bola de malagradecidos, ni critiquen el monto porque incluso me parece poco, manda decir el presidente del PRI, que ayer movió a su partido para congelar los derechos partidistas de Javier Duarte.

Corrupción, hay que repetirlo, es toda ventaja indebida. 

La liquidación de Ochoa le causará burlas e incomodidad dentro del PRI. Nada grave. Pero afuera, donde raro es el patrón que medianamente cumple con sus obligaciones cuando despide a trabajadores, ahí le robará credibilidad.

Porque Ochoa sí recibió un trato preferencial: el de servir en la función pública, no el de servirse de ella y encima decirse mal pagado.
Ayotzinapa sí fue un crimen de Estado: Álvarez Icaza

Concluida su gestión en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Emilio Álvarez Icaza define su postura sobre asuntos que confrontaron al organismo internacional con el gobierno mexicano. Ahora dice con todas sus letras: el de Ayotzinapa fue un crimen de Estado, la negación de la crisis de derechos humanos ha llevado a una mayor descomposición del país, y la administración de Peña Nieto ha establecido un sistema de complicidades con el Ejército, así como otras autoridades lo hacen con el crimen organizado. CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Más que una crisis de derechos humanos, el gobierno de Enrique Peña Nieto sufre una descomposición peligrosa en esa materia porque nada detiene el cáncer de la violencia, la corrupción, la injusticia y la connivencia entre el crimen y agentes del Estado, afirma el exsecretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Emilio Álvarez Icaza. En la primera entrevista a su regreso de Washington, donde está la sede de la CIDH, Álvarez Icaza advierte que el gobierno peñanietista tiene una enorme responsabilidad porque no atendió a fondo la crisis de derechos humanos que ya se registraba hace dos años y porque ha sido evidente la incapacidad de las autoridades y su colusión con el crimen organizado, como en el caso de Ayotzinapa. Además sostiene que esta administración ha sido más opaca que las panistas en su relación con el Ejército porque con Vicente Fox y Felipe Calderón el vínculo era más institucional. Con Peña Nieto, señala, “el entendimiento del PRI y la Secretaría de la Defensa Nacional es más próximo y de cuasi complicidad. El Ejército ha ganado muchísimo espacio en esta administración y más peso en algunos casos de ejecuciones y desapariciones como la de los jóvenes de Ayotzinapa. “Esta negativa de investigar qué pasó con el batallón en Iguala es insostenible. En una regla democrática, el Ejército es una institución de la democracia y no se puede seguir pensando y entendiendo bajo códigos de excepción. La normalidad democrática presupone que, con respeto al principio de la Ley de Seguridad Nacional, los militares también están sometidos al escrutinio y la revisión de cuentas. Sin embargo, el Ejército sigue reproduciendo su estado de excepción que está por encima de la Constitución. En esta administración se protege, solapa y cubre al Ejército”. Para Álvarez Icaza es claro que el gobierno mexicano ha tratado de minimizar a nivel internacional la dimensión del problema, como si pudiera resolverse con una buena imagen oficial: “La cancillería ha actuado en pleno retroceso. No sólo no ha querido reconocer el problema, sino que se ha dedicado a atacar todo cuestionamiento. El subsecretario de Derechos Humanos, Miguel Ruiz Cabañas, es un hooligan con corbata que se ha dedicado a atacar y amenazar como en los peores tiempos del PRI; es un golpeador que intriga y miente pretendiendo construir una narrativa oficial similar a lo que ahora vimos en el informe de gobierno de que las buenas noticias no se cuentan.” Sin embargo, el exfuncionario de la CIDH señala que esta política internacional del gobierno peñanietista ha fracasado, pues representantes diplomáticos en derechos humanos de varios países tienen la información de sus inversionistas, quienes denuncian las dificultades que tienen en México por la extorsión, el pago de derecho de piso, las amenazas, el moche y los secuestros del crimen organizado.

Marchan a dos años de #Ayotzinapa

Cd. de México (26 septiembre 2016).- A 2 años de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, padres de los estudiantes y jóvenes marchan al Zócalo. A las 16:20 horas salió del Ángel de la Independencia la movilización con motivo del segundo aniversario de la desaparición de los estudiantes guerrerenses. Con fotografías en mano, los familiares de las víctimas encabezan esta movilización que se prevé concluya en el Zócalo capitalino. “Ahora, ahora, se hace indispensable, presentación con vida y castigo a los culpables”, exclaman los familiares y compañeros de los desaparecidos. Detrás de los familiares, marchan alumnos de la Normal de Ayotzinapa, e integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación. También asisten miembros del Sindicato de Telefonistas, del Frente Popular Francisco Villa, del STUNAM y del Sindicato Mexicano de Electricistas. Asimismo, estudiantes de la UNAM, la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, el Instituto Politécnico Nacional y el Frente Popular de la Ciudad de México. “Hasta la fecha lo único que tenemos es una serie de mentiras y de engaños que la PGR ha hecho en relación con el caso Ayotzinapa”, expresó en entrevista Melitón Ortega, padre de uno de los desaparecidos.

Marchan normalistas por presentación de los 43 de Ayotzinapa

Oaxaca Oax.- Del monumento a Benito Juárez Trinidad de Viguera, partieron en marcha cientos de jóvenes de la Coordinadora Estudiantil Normalista del Estado de Oaxaca (CENEO) y militantes del Frente Popular Revolucionario (FPR). Los marchistas que avanzan sobre la carretera internacional Cristóbal Colón, con dirección al Zócalo de la ciudad, exigen a las autoridades federales la presentación con vida de los 43 alumnos de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa Guerrero, secuestrados y desaparecidos el 26 de septiembre del año 2014 en Iguala. En su trayecto sobre la carretera, van colocando sobre el camellón y puentes peatonales, siluetas de cartón con los nombres de los normalistas desaparecidos. A 2 años de los hechos violentos la comunidad normalista del estado exige justicia para sus compañeros desaparecidos y alto a la criminalización de la protesta social, así como el rechazo a las reformas estructurales.

Inicia marcha por los 2 años de la desaparición de los 43
septiembre 26, 2016

Contingentes de estudiantes, campesinos y organizaciones civiles han comenzado la marcha con rumbo al Zócalo capitalino para conmemorar los dos años de la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”.
Al grito de “¡Vivos se los llevaron, vivos los queremos!”, miles de personas comenzaron a avanzar sobre Paseo de la Reforma.
Dirigentes de la marcha exigen especialmente investigación a elementos del Ejército que presuntamente participaron en los hechos ocurridos la noche del 26 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.
Las organizaciones sociales avanzan sobre Paseo de la Reforma y se prevé que recorran Avenida Juárez, Eje Central y 5 de Mayo para llegar al Zócalo.
Se prevé que al paso de la marcha se afecte la vialidad en Florencia, Insurgentes, Antonio Caso, avenida Hidalgo y el Eje Central.
Se sugiere no acercarse a la zona Centro, pero en caso de hacerlo, optar por avenida Chapultepec y el Circuito Interior para desplazarse.
El Ejército Zapatista de Liberación Nacional también anunció que adherentes a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona y de la Escuela Zapatista asistirán a la marcha.
Se prevé que autoridades del Gobierno capitalino permitan el ingreso de los contingentes a la plancha del Zócalo, donde se realizarían un mitin.
Echa a perder corrupción
a los órganos autónomos

Deuda estatal no son 13 mdp si no más 16: Secretario de Finanzas

Luego de que el pasado mes de junio la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) diera a conocer que la deuda pública de Oaxaca era de aproximadamente 12 millones de pesos, lo cual confirmó el titular de la SEFIN, Enrique Arnaud; sin embargo, ante las presiones el mismo secretario informó ayer que la citada cifra era falsa y que quedaba por debajo de lo real, que asciende a un monto de 16 mil 300 millones de pesos, que dejará de deuda el gobierno de Gabino Cué Monteagudo.

Lo anterior, representa 4 mil millones más de la primera cifra dada y es que del total: 13 mil 800 millones son deuda a largo plazo, pero a corto plazo la Administración estatal tienen que pagar 2 mil 500 millones.

Y como siempre causando un daño a Oaxaca, auspiciado por el Gobierno estatal actual, la Sección 22 del SNTE tiene mucho que ver en los pasivos, ya que de los pagos a corto plazo mil 500 millones son del déficit del IEEPO.

Otra parte, 800 millones corresponde a la deuda con los proveedores, quienes se espera se manifiesten o se quejen ante los medios para exigir la liquidación de la misma, ya que se dicen engañados y abusados por la Gobierno, el cual les pidió y les pidió, pero nunca pagó.

Sin embargo, cabe aclarar que la mayoría de ese pasivo recae en empresas del ramo de la construcción, tomando en cuenta son empresas sin “contactos”, porque las que sus dueños son funcionarios o amigos de la Administración Estatal esas si han sido muy bien pagadas y altamente beneficiadas, pese a que algunas no se les ha liquidado, los montos están siendo inflados para que sus dueños (no visibles) Jorge Castillo y Alberto Vargas Varela reciban más dinero de los oaxaqueños, lo que demuestra que no han quedado satisfechos con lo ya robado.

Es así que, Castillo y Vargas Verela pretenden aumentar de 800 a 1500 millones la deuda a corto plazo, pero con la intensión de que la diferencia 700 millones se vayan hacia sus empresas y con ellos como siempre beneficiarse.

Ahora, como supimos en días pasados el Ejecutivo Estatal pretenden que la Federación lo salve y le dé el dinero para pagar, dejando que el monto pedido de 2 mil 500 millones sea enviado a fondo perdido. Lo que de ser cedido no será de a gratis, habrá que esperar que más le concederá Cué Monteagudo al Gobierno Federal.
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS. NATURALEZA JURÍDICA Y NOTAS DISTINTIVAS

Laura Isabel Guerra Reyes (CV)
maestralauraguerra@gmail.com
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
RESUMEN:
En México la creación de órganos constitucionales autónomos no es novedosa, sin embargo en el último año con las reformas constitucionales promulgadas se ha visto un auge en la creación de dichos órganos, por lo anterior y dado que en la doctrina, la realidad jurídica y constitucional nacional e internacional ha crecido el interés por la figura de los “órganos constitucionales autónomos”, en el presente trabajo se estudia la naturaleza jurídica y notas distintivas de dichos órganos, tomando en consideración que éstos están dotados de autonomía, que, aun cuando no pertenecen al Poder Ejecutivo Federal, tienen el carácter de públicos y que para su estudio por las funciones de carácter administrativo que desempeñan doctrinalmente se ubican como parte de la Administración Pública Federal.
PALABRAS CLAVE:
Estado constitucional, Órganos Constitucionales Autónomos, naturaleza jurídica, notas distintivas, Administración Pública Federal.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Guerra Reyes, L.: “Órganos Constitucionales Autónomos. Naturaleza jurídica y notas distintivas”, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, Agosto 2014, www.eumed.net/rev/cccss/29/estado-constitucional.html

Conceptos generales
El objetivo de este apartado será exponer al lector tres conceptos, elegidos cuidadosamente, que permitirán contextualizar la temática del presente ensayo y elaborar un marco teórico que aproximará al conocimiento de la figura jurídica denominada “órganos constitucionales autónomos”.
Es importante advertir que por las características del presente, no se realiza un estudio exhaustivo de los conceptos que se proponen para introducir al tema, por lo que tales tópicos sólo serán expuestos brevemente.
El Estado Constitucional y la División de Poderes
El Estado, término fundamental en todas las disciplinas de carácter social, ha sido definido de diversas maneras y desde diferentes posturas, en este trabajo únicamente nos aproximaremos a la definición gramatical y jurídica, mismas que constituyen un punto de partida para formular un marco conceptual, respecto de los órganos constitucionales autónomos.
Gramaticalmente, el vocablo Estado tiene diversas acepciones, consecuentemente se han escogido tres significados de mayor contenido jurídico, a saber: a) conjunto de órganos de gobierno de un país soberano, b) territorio de cada país independiente y c) en el régimen federal, porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque estén sometidos en ciertos asuntos a las decisiones de un gobierno común 1 .
Como puede apreciarse, este ente constituye en sí mismo, un conjunto de funciones jurídicas, que se materializan a través de una persona jurídica. Es por ello que el concepto de Estado ha sido definido por Jellinek como “la corporación territorial dotada de un poder de mando original” 2.
Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha expuesto que Estado se define como la sociedad jurídicamente organizada capaz de realizar la totalidad de los fines humanos, cuyos elementos principales son, entre otros, el territorio, la población y el gobierno; cuyos fines pueden resumirse en el bien común que, en cuanto se refiere a toda la población, se convierte en bien público 3.
Completa esta idea la Suprema Corte de Justicia, señalando que las funciones del Estado son las diferentes formas en que se manifiesta la voluntad del Estado para alcanzar sus fines. Tradicionalmente se les ha clasificado en tres: administrativa, legislativa y judicial 4, lo que da origen a la teoría de la división de poderes, misma que abordaremos en puntos siguientes de este ensayo.
La Constitución
Dentro de la Teoría del Derecho, el término Constitución es fundamental para exponer este concepto se seguirán las ideas de la Dra. Mora Donatto5 , quien señala que la constitución escrita es un fenómeno relativamente reciente en la historia de la organización de las sociedades, porque es a partir del siglo XVIII cuando comienza la creación de documentos en los que se pretende fijar, por escrito, las normas a las que debe responder la organización política general de la sociedad, con especial interés en los órganos y en los procedimientos a través de los cuales se debe ejercer el poder, así como la forma en que se relacionan tales órganos con los individuos y los derechos que asisten a éstos, al respecto debe decirse que la constitución escrita en la actualidad es la forma de organización del poder en prácticamente todo el mundo, es decir con el surgimiento de éstas nace lo que la teoría del Estado y la del Derecho constitucional denomina Estado constitucional . 
En este tenor, el carácter fundamental de la constitución deriva de que en ella el constituyente quiso establecer una serie de fundamentos firmes y prácticamente inamovibles (o al menos alterables con cierto grado de dificultad) de convivencia civil; de la actuación de los poderes públicos sujetándolos a estrictas normas de comportamiento garantizando con ello los derechos de los ciudadanos, la cual está caracterizada por un carácter supralegal, lo que significa que ésta no pueda ser reformada mediante los procedimientos ordinarios de creación o modificación de las normas con rango de ley, y sólo podrá modificarse mediante un procedimiento especial, asimismo, sus preceptos no pueden ser alterados, contradichos o ignorados por la acción u omisión de los poderes público, porque la constitución tiene una valor de derecho más fuerte, que cualquier otra norma6 .
Lo anterior, significa que los mandatos constitucionales no son alterables o modificables por los poderes públicos en su actuación ordinaria, por ello se considera a la Carta Magna como el límite de los poderes del Estado, la norma suprema en todos los ordenamientos jurídicos, lo que desde el punto de vista de la teoría constitucional se ha denominado como el principio de supremacía constitucional.
Sobre estos principios, en lo referente al tema central de estudio se puede decir que la constitución como fuente creadora de los órganos constitucionalmente autónomos, a través del constituyente permanente y conjuntamente con el principio de supremacía constitucional, puede comenzar a vislumbrar, desde la teoría constitucional, algunas de las características principales de dichos órganos, tales como, la dificultad de su extinción debido a los procedimientos extraordinarios de modificación de la constitución, asimismo, el principio de supremacía constitucional hace que la autonomía de los órganos constitucionales sea intocable.
El Estado constitucional
Ahora que se han descrito por separado los conceptos de Estado y Constitución, contamos ya con las premisas básicas para referirnos a otro concepto tan importante como los anteriores, pero de mayor complejidad doctrinal, nos referimos al concepto de Estado constitucional, que a diferencia de los conceptos que preceden, entraña, sin duda, un contenido totalmente jurídico; al respecto señalaremos que el principio de división de poderes marca el nacimiento del Estado constitucional 7, ya que la división de funciones representa uno de los mecanismos fundamentales para proteger las libertades individuales que caracterizan a este tipo de Estado. Es por ello que a partir de esta teoría, el “contenido mínimo” de la Constitución de cualquier Estado constitucional está caracterizado por dos elementos: a) la protección de los derechos naturales y b) la separación de poderes8 .
Sobre el origen de esta forma de Estado encontramos que el reconocido constitucionalista Justino Eduardo Andrade Sánchez expresa lo siguiente: “La consolidación de un pacto, que se materializa en un documento el ideal contractualista y funda el Estado por la voluntad de sus miembros, a la vez que garantiza a éstos sus libertades y derechos naturales, es la nota esencial del nuevo Estado surgido con la predominancia burguesa sustentada en el bloque ideológico individualista-liberal-humanista. Por eso a este Estado se le puede llamar con justificación Estado Constitucional”. Ante lo expuesto entendemos que la principal característica del Estado Constitucional es que tiene como norma suprema del derecho a la Constitución, lo que supone mecanismos de control de poder. 
Por lo expresado consideramos, que en éste se engloba dos conceptos esenciales, Estado y constitución, en el que encuentran su total consolidación, convirtiéndose en indispensable para explicar todo fenómeno jurídico ocurrido al seno de cualquier Estado moderno y es la piedra angular para entender al sistema jurídico. 
Como corolario de las ideas hasta aquí expresadas, estimamos para los efectos del presente trabajo que el Estado es quién detenta el poder y tiene las funciones a su cargo y la Constitución es el instrumento que dispone qué órgano del Estado tendrá determinada atribución.
Los órganos del Estado mexicano
Antes de referirnos a los órganos que integran el Estado mexicano, se ha decidido recurrir al concepto del principio de la división de poderes porque como se observa éste será uno de los ejes torales del ensayo, la recapitulación breve que se hace en este apartado del principio que ha inspirado obras completas de diversos tratadistas, permitirá al lector una visión más amplia de la figura materia de este estudio, así como de su naturaleza jurídica y características.
Comenzaremos diciendo que la teoría de la división de poderes, tal y como fue adoptada por la Ciencia Política moderna y trasmitida hasta nuestros días, es resultado del poder omnímodo del absolutismo monárquico del siglo XVIII, que hizo advertir a Charles-Louis de Secondat, Barón de la Brède y de Montesquieu, la necesidad de detener al poder mediante el poder, para ello propuso, considerando el sistema político inglés y las ideas de John Locke, su célebre teoría de la división o separación de poderes, consistente en distinguir y dividir las funciones del poder público del Estado en tres: a) legislativa, b) ejecutiva, y c) judicial. Lo que significa que poder público es uno sólo pero deberá ser ejercido por una tríada de órganos depositarios del mismo, cada uno con facultades y atribuciones delimitadas.
Al respecto, como ya ha quedado apuntado el principio de división de poderes marca el nacimiento del Estado constitucional, por lo que los Estados constitucionales modernos lo han adoptado dentro de sus constituciones; en México el poder constituyente de 1917 retomó dicho principio en el primer párrafo del artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el cual se dispone literalmente: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.”; no debe omitirse mencionar que son múltiples los antecedentes que preceden a la configuración actual del artículo 49 constitucional.
El antecedente más remoto de la inclusión de la división tripartita del ejercicio del poder público se observa ya en la Constitución de Cádiz, misma que preveía en los artículos 15, 16 y 17, la división de las funciones del Estado, delegando la facultad legislativa en las Cortes, la función ejecutiva en el Rey y la potestad judicial en los correspondientes tribunales, asimismo la Constitución de Apatzingán de 1814 retoma este principio en los artículos 11 y 12; es en el Acta Constitutiva de 1824 donde este principio aparece en los mismos términos que señala la constitución vigente, no se omite señalar que dicha disposición fue retomada en el artículo 6º de la Constitución de 1824 y el 50 de la Carta Magna de 1857 9. 
Adicionalmente, podemos mencionar que la división tripartita del ejercicio del poder público de los estados de la República Mexicana se ordenó en términos semejantes a los del ámbito federal, en el texto del artículo 116 constitucional, a partir de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 1987, conforme a la cual: “El poder público de los Estados se dividirá para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial…”.
De esta manera, conforme a nuestro texto constitucional, tanto a nivel Federal como de las entidades federativas de la República, quedó establecida en nuestra Carta Magna, la división tripartita del poder público.
Sin embargo, como se expondrá en los capítulos siguientes consideramos que, en la actualidad, dicha división tripartita del poder público contenida en los artículos 49 y 116 constitucionales, no debe ser interpretada de manera estrictamente gramatical, sino de manera sistemática e integral, que permita concluir que la división de los Poderes de la Unión no es absoluta sino flexible 10.
Por lo tanto, debe considerarse que nuestra Carta Magna, además de los órganos que tradicionalmente se estiman para el ejercicio del poder público (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) contempla adicionalmente otro tipo de órganos a través de los cuales se ejercen directamente las funciones del Estado, entre los que figuran, los tribunales agrarios, los tribunales de lo contencioso administrativo, las universidades públicas y los órganos constitucionales autónomos, entre otros.
Los órganos constitucionales autónomos
Tal como lo señala Miguel Carbonell “una lectura completa y correcta del texto constitucional nos lleva a la conclusión de que en la actualidad la división de poderes se ha enriquecido, porque en la carta fundamental no solamente se reconoce al Poder Legislativo, al Ejecutivo y al Judicial, sino también a los llamados “órganos constitucionales autónomos”. Aunque dichos órganos quizá no son “poderes” en el sentido tradicional del término, lo cierto es que tienen asegurada, por mandato directo del texto constitucional una serie de atribuciones y funciones muy relevantes.” 11Tomando en consideración lo expresado por dicho autor en este apartado nos avocaremos al estudio doctrinal y analítico de los órganos constitucionales autónomos.
Introducción al estudio de los órganos constitucionales autónomos.
En la práctica, como se ha dilucidado en párrafos que anteceden, la división de poderes no ha funcionado de manera absoluta o radical, más bien, los poderes han actuado en sus respectivas esferas de competencia, desarrollando de una forma más flexible las atribuciones que les han sido conferidas por el poder constituyente, interactuando con los demás poderes. Dicha flexibilidad no supone la autorización a los poderes para su debida intromisión en los asuntos que son competencia de otro; en consecuencia, en caso de que uno de los poderes realice actividades que no le han sido encomendadas por el poder constituyente, el poder afectado está legitimado para demandar ante el órgano jurisdiccional competente la declaración de invalidez del acto ilegal, y la reparación del orden constitucional. 12
En este orden de ideas, respecto del tema que nos ocupa debe decirse que la concepción flexible de la teoría de la división de poderes13 resulta fundamental para comprender la posibilidad de la conformación y funcionamiento de órganos distintos a los tres poderes tradicionales, dotados de autonomía constitucional, tales como los órganos constitucionales autónomos.
Al respecto debe reiterarse que la división de poderes prevista en el artículo 49 constitucional no puede ser entendida como una división rígida, sino flexible 14. Por lo anterior es válido sostener que de manera adicional a las tres funciones tradicionales atribuidas a los órganos de poder del Estado Mexicano, el constituyente permanente ha incorporado nueve funciones autónomas15 , a saber:
La función de protección a los derechos humanos, misma que ha sido designada de manera preferente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en términos de lo previsto en el artículo 102 constitucional.
La función de banca central, consistente en la procuración de la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional y encargada de manera preferente al Banco de México, según lo dispuesto en el párrafo sexto del artículo 28 de la Ley Fundamental.
La función electoral, atribuida de manera preferente al Instituto Nacional Electoral, conforme al numeral 41 del texto constitucional.
La función de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información y Estadística Geográfica, confiada de manera preferente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, conforme a lo dispuesto por el apartado B del artículo 26 constitucional.
La función de evaluación de la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, atribuida de manera preferente al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, conforme a lo dispuesto en la fracción IX. del artículo 3° constitucional.
La función relativa a dar cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley, encomendada de manera preferente al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en la fracción VIII. del apartado A del artículo 6° constitucional.
La función relativa a la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, designada de manera preferente al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, conforme a lo dispuesto en el apartado C del artículo 26 constitucional.
La función de garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, encargada de manera preferente a la Comisión Federal de Competencia Económica, conforme a lo dispuesto en el artículo 28 constitucional.
La función dedicada al desarrollo eficiente de la radiodifusión, las telecomunicaciones, la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, atribuida de manera preferente al Instituto Federal de Telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 28 constitucional.
Por lo expuesto, en el siguiente punto de este capítulo daremos un breve panorama histórico que nos permitirá dilucidar la evolución de la creación de los órganos constitucionales autónomos.
Breves antecedentes históricos de la creación de los órganos constitucionales autónomos.
En general, puede observarse que los órganos constitucionales autónomos surgen a partir de la Segunda Guerra Mundial16 , sin embargo, el concepto doctrinal que hace referencia a éstos surge a partir de finales del siglo XIX, en obras tales como las del célebre tratadista Jellinek denominadas “Sistema de los derechos públicos subjetivos” y “Teoría general del Estado” en las que maneja una teoría de los órganos constitucionales; asimismo, otros tratadistas como Santi Romano en Italia, o García Pelayo en España también se han ocupado de enriquecer las teorías clásicas de la división de poderes. 
Como puede observarse su creación replantea la teoría clásica de la división de poderes, la cual no debe concebirse como la separación rígida de funciones y atribuciones, sino como una distribución de facultades entre órganos del Estado17 , los cuales requieren de relaciones, controles e intervenciones recíprocas. Asimismo, las razones por las que surgen estos órganos son múltiples: enfrentar los efectos perniciosos de la partidocracia, especialización técnico-administrativa, cumplimiento de funciones que no deben estar sujetas a la coyuntura política, pero que son parte de las atribuciones naturales del Estado
En México ante la exigencia social de que la administración no sólo actúe, sino que resuelva los problemas sociales, es decir, que sea eficaz, se han producido cambios en la estructura organizativa, así como, en el modo del ejercicio de la actividad estatal; es por ello que durante los últimos sexenios se han creado una serie de órganos dotados de mayores rangos de autonomía, en materias que se encontraban anteriormente a cargo de la administración centralizada o bajo la tutela del Ejecutivo 18; ello ha dado nacimiento a una política legislativa constante para la dotación gradual de mayor autonomía a dependencias y órganos del Poder Ejecutivo, hasta llegar a la plena autonomía constitucional, como consecuencia de lo anterior, surgen los órganos constitucionales autónomos, mismos que figuran en nuestra constitución como órganos constituidos por las necesidades y circunstancias políticas-sociales de nuestro entorno, como se observa éstos órganos han surgido a la par de los tres Poderes de la Unión. 19
Cabe mencionar que en nuestro País, por primera vez, se adoptó dicha forma jurídica en la nueva configuración del Banco de México, incluida en la reforma del artículo 28 constitucional publicada el 20 de agosto de 1993.
Debe destacarse que mediante las correspondientes reformas constitucionales se crearon recientemente los siguientes órganos constitucionales autónomos:
Mediante reforma constitucional publicada en Diario Oficial de la Federación el día 26 de febrero del año 2013, se creó el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Mediante reforma constitucional publicada en Diario Oficial de la Federación el día 11 de junio de 2013se crearon el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica.
Mediante reforma constitucional publicada en Diario Oficial de la Federación el día 7 de febrero del año 2014 se creó, como órgano constitucional autónomo, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Mediante reforma constitucional publicada en Diario Oficial de la Federación el día 10 de febrero del año 2014 se creó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Como puede observarse, actualmente el texto de nuestra Carta Magna incluye nueve órganos constitucionales autónomos, a saber, el Banco de México, el Instituto Nacional Electoral, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Instituto de Nacional de Estadística y Geografía, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Concepto doctrinal de los órganos constitucionales autónomos.
Por lo expresado en puntos anteriores, observamos que hoy día dentro del derecho constitucional y administrativo contemporáneos, es aceptado por la mayoría de los doctrinarios, la idea que dentro de un Estado haya funciones distintas a la legislativa, ejecutiva y judicial, que pueden ser llevadas a cabo por órganos diferentes a los tradicionales, debido a la necesidad de perfeccionar las formas de actuación de los órganos públicos y la distribución de sus funciones, mismas que son ejecutadas por los órganos constitucionales autónomos.
Por lo dicho, enunciaremos algunas de las definiciones más comunes de este concepto en la doctrina existente, lo anterior, para estar en posibilidad de comprender satisfactoriamente la naturaleza jurídica de dicha figura.
En principio, en la doctrina internacional, encontramos que García Roca, en lo general, define a dichos órganos como “aquellos inmediatos y fundamentales establecidos en la Constitución y que no se adscriben claramente a ninguno de los poderes tradicionales del Estado, son generalmente órganos técnicos que no se guían por intereses partidistas o coyunturales y para su funcionamiento ideal no sólo deben ser independientes de los poderes tradicionales sino de los partidos o de otros grupos o factores reales de poder… son órganos de defensa constitucional y la democracia…”20 
Generalmente, los organismos constitucionales autónomos, son órganos técnicos de control que no deben orientarse por intereses de partidos políticos o de circunstancias políticas determinadas, requiriendo para su adecuado funcionamiento, no sólo de autonomía de los poderes tradicionales, sino de los ya mencionados partidos políticos, y de todo tipo de grupos o factores de poder.
Asimismo, se entiende por órganos constitucionales autónomos aquellos que -de manera fundamental e inmediata- se establecen en la Constitución y que no se adscriben con precisión a ninguno de los poderes tradicionales del Estado. Representan una evolución de la teoría clásica de la división de poderes porque se asume que puede haber órganos ajenos a los tres poderes tradicionales sin que se infrinjan los principios democráticos o constitucionales.
Son órganos de equilibrio constitucional y político, y los parámetros bajo los cuales desempeñan su función no pasan por los criterios inmediatos del momento sino que preservan la organización y el funcionamiento constitucional. En última instancia, son órganos de defensa constitucional y de la democracia y, por eso, es preciso que estén contemplados en la Constitución a fin de que ella regule su integración y estructura para que su funcionamiento posterior sea independiente.
Finalmente, puede concluirse que dentro del sistema jurídico mexicano, los órganos constitucionales autónomos son aquellos a los que les está confiada la actividad directa e inmediata del Estado, y que, en los límites del derecho objetivo, que los coordina entre sí, pero no los subordina unos a otros, gozan de una completa independencia y paridad recíproca, se encuentran en el vértice de la organización estatal, no tienen superiores y son sustancialmente iguales entre sí, no están incluidos en ni uno solo de los poderes u órganos tradicionales del Estado, saliéndose del sistema tripartita plasmado tanto en nuestros artículos 49 como 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Como se observa en los párrafos que anteceden, en la doctrina existen algunos textos en los que se define el concepto de la figura jurídica materia de nuestra exposición, sin embargo en la actualidad no existe una definición constitucional o legal que permita su identificación de manera inequívoca. Sin embargo, podemos mencionar que a la fecha, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado en dos tesis jurisprudenciales, cuáles son las notas distintivas y características de los órganos constitucionales autónomos, mismas que serán expuestas y analizadas en el punto siguiente del presente ensayo.
Naturaleza jurídica y características de los órganos constitucionales autónomos.
Como se ha podido apreciar en la presente exposición, es viable sostener que los órganos constitucionales autónomos están a la par de los Poderes de la Unión porque, al igual que éstos, han sido creados por el Constituyente Permanente para desarrollar una función primaria que le ha sido encomendada de manera preferente, esto los convierte en órganos originarios del Estado Mexicano 21
Acerca de la naturaleza jurídica de los órganos constitucionales autónomos, podemos afirmar que debido a la función sui generis que desempeñan dentro del sistema político mexicano es difícil establecerla, sin embargo, consideramos que éstos son personas de Derecho público que forman parte del Estado Mexicano y debe atenderse a la naturaleza de su función para determinar exactamente su naturaleza jurídica. Así las cosas, podemos calificarlos como entes a los que las Constitución atribuye un conjunto de competencias a través de los cuales el Estado ejerce su poder, independientemente de las tres funciones tradicionales. Es una entidad atípica que aunque forma parte del Estado y no se encuentra sujeta a los controles propios de la administración pública.
Por lo anterior, si entendemos a los organismos constitucionales autónomos, como aquellos que existen independientemente a los tres poderes 22 establecidos, esto es organismos dotados de autonomía plena, tanto presupuestalmente como decisivamente y sin sometimiento alguno a otro órgano estatal, consideramos primordial referirnos en este apartado en primer término al concepto de autonomía 23, en lo general, como la independencia de acción de los órganos del Estado 24.
Respecto de lo que corresponde a las características de estos órganos, podemos decir que la mayoría de los autores mexicanos siguen las ideas del maestro García Pelayo, quién considera que las notas esenciales de éstos son 25: 1. La inmediatez, es decir, estos órganos deben estar establecidos y configurados directamente en la Constitución, es el propio texto constitucional el que prevé su existencia y no se limita simplemente a mencionarlos, sino que determina su composición, los métodos de designación de sus integrantes, su status institucional y sus competencias principales; 2. La esencialidad, ya que resultan centrales para la configuración del modelo de Estado, son necesarios para el Estado constitucional de derecho, es decir, se vuelven necesarios e indefectibles pues si desaparecieran se vería afectado el sistema constitucional en su conjunto; 3. La dirección política, toda vez que estos entes participan en la dirección política del Estado y de ellos emanan actos ejecutivos, legislativos o jurisdiccionales que contribuyen a orientar de modo decisivo el proceso de toma de decisiones, es decir, inciden en la formación de la voluntad estatal, ya sea en los procesos de toma de decisiones o en la solución de conflictos al interior del Estado de que se trate; 4. La paridad de rango, dado que mantienen con los otros órganos y poderes relaciones de coordinación y nunca de subordinación, debido a que se ubican fuera de la estructura orgánica de los poderes tradicionales, sin embargo, ello no significa que no sean controlables o revisables por otro poder; y, 5. La autonomía orgánica, funcional y, en ocasiones, presupuestaria.
Conjuntamente con los criterios aportados por García Pelayo, Jaime Cárdenas Gracia 26 considera que se podrían adicionar los siguientes27 : 1. La autonomía o independencia, no exclusivamente formal, sino también financiera. Los órganos constitucionales autónomos exigen de un presupuesto que no esté prescrito por la ley secundaria, o sea el resultado de los acuerdos políticos del momento, sino de una disposición constitucional que determine, con toda precisión, las bases sobre las cuales debe otorgársele; 2. Integración de los órganos constitucionales autónomos y el estatuto de sus titulares. Este principio debe entenderse como la necesidad de que los titulares de los órganos constitucionales autónomos, preferentemente, deben ser propuestos por el Poder Legislativo con mayorías calificadas iguales o superiores a las dos terceras partes del Congreso o Asamblea. Contar con las garantías o estatuto personal de los magistrados del Poder Judicial del Estado, esto es: la selección justa e imparcial, la inamovilidad, una remuneración suficiente, prohibición de su reducción, y en su caso remoción; 3. Apoliticidad. Los órganos constitucionales autónomos son órganos de carácter técnico y nunca político. Sus integrantes no podrán ser miembros o militantes de cualquier partido político; 4. Inmunidades. Aspecto íntimamente ligado a las garantías judiciales. Los titulares de estos órganos pueden ser removidos por incurrir en responsabilidades. Sin embargo, deberán contar con cierto tipo de inmunidades que les permitan el pleno desempeño del cargo; 5. Responsabilidades. Los órganos constitucionales autónomos informarán periódicamente de sus actividades al Congreso y a los ciudadanos; 6. Transparencia. Los actos y decisiones de estos órganos, salvo casos excepcionales, pueden ser consultados por cualquier ciudadano; 7. Intangibilidad. Serán órganos permanentes, o bien, en caso de modificación, se podría exigir un procedimiento de reforma constitucional más reforzado que el procedimiento de reforma constitucional ordinario.
Adicionalmente, debemos apuntar que en años recientes la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido en dos tesis jurisprudenciales28 los criterios que deben ser observados para identificar a un organismo como plenamente autónomo a diferencia de una gran cantidad de órganos que gozan de autonomía técnica, funcional o financiera pero que no pueden ser catalogados en esa categoría. Para nuestro Tribunal, las características de los órganos constitucionalmente autónomos son: a) Deben estar establecidos directamente por la Constitución Federal; b) Deben mantener, con los otros órganos del Estado, relaciones de coordinación; c) Deben contar con autonomía e independencia funcional y financiera; d) Deben atender funciones primarias u originarias del Estado que requieran ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad.
De lo expuesto, puede observarse con nitidez cómo en el texto de la Ley Suprema y en su interpretación ha permeado y se ha consolidado la noción de los órganos autónomos como órganos dotados de potencia constitucional suficiente para ser considerados como órganos análogos a los Poderes de la Unión.
Diferencias entre el órgano constitucional autónomo, el organismo público descentralizado de la Administración Pública y el organismo descentralizado del Estado.
En este punto, y teniendo estructurado un panorama doctrinal, estimamos pertinente distinguir a los órganos constitucionales autónomos de las figuras jurídicas que por sus características similares le son más próximas, nos referimos al organismo público descentralizado de la Administración Pública29 y el organismo descentralizado del Estado. Al respecto vale la pena mencionar que, debido a su similitud mas no identidad, algunos autores tales como el maestro Rafael I. Martínez Morales identifican a los órganos constitucionalmente autónomos en alguna de dichas categorías 30.
Al respecto, estimamos importante destacar que en México existen dos clases de organismos públicos descentralizados; el descentralizado del Estado 31, utilizado para personificar a las universidades autónomas y el organismo público descentralizado de la administración pública, empleado para la realización de diversas actividades disímbolas encomendadas a ésta.32 
En lo referente a los organismos descentralizados del Estado, debe enfatizarse que la creación de dichos organismos pretende la descentralización del Estado, no de la administración pública, lo que significa que sus atribuciones no se desprenden de las asignadas al Ejecutivo, sino que se desgajan de las atribuciones genéricas del Estado, por ello este tipo de organismos no queda subordinado a los poderes federales en una relación de jerarquía o tutela, sino que guarda una relación de coordinación y de colaboración. Como características de estos organismos señalaremos las siguientes: a) es una creación de la ley, b) tiene personalidad jurídica propia, c) cuenta con patrimonio propio, d) no se adscribe al ámbito de ninguno de los poderes del Estado, d) su objeto consiste en la prestación de una parte del servicio público de educación, e) está dotado de una amplia autonomía prevista en el artículo 3° constitucional. 33
Por otra parte, los organismos públicos descentralizados de la administración pública, están creados en el esquema de la descentralización administrativa por servicio, en el cual se otorga, mediante un procedimiento específico, personalidad jurídica y patrimonio propios a ciertos entes, confiriéndoles, además, autonomía orgánica relativa respecto del órgano central, para encargarles actividades técnico-administrativas específicas que originalmente consistieron en la prestación de un servicio público. Éstos están caracterizados con los siguientes elementos: a) son creados mediante una ley o decreto, b) cuentan con personalidad jurídica propia, c) cuentan con patrimonio propio, d) tienen un estatuto y regulación propios, e) realizan una actividad técnica, f) son tutelados y vigilados por parte de la administración central y g) su personal se incluye en el universo de servidores públicos.
Como resultado de lo brevemente expuesto en líneas anteriores, nos permitiremos hacer una distinción entre las tres figuras jurídicas mencionadas en el presente punto. 
En relación a las diferencias entre el órgano constitucional autónomo y el organismo descentralizado del Estado, pese a que en ambos casos se trata de instituciones públicas dotadas de una amplia autonomía, se advierten grandes diferencias entre uno y otro, lo que permite conceptuarlos como categorías distintas que evitan su confusión.
Las principales diferencias que permiten distinguirlos son las siguientes:
El órgano constitucionalmente autónomo es creado por el constituyente y su creación, objeto, integración y funcionamiento es plasmado en la Carta Magna a diferencia del organismo descentralizado del Estado que es producto de la ley.
Hasta ahora el organismo descentralizado del Estado se crea para hacerse cargo de la prestación de una parte del servicio público específico, la educación superior, a diferencia del órgano constitucional autónomo que es creado para ser el principal depositario de una función del Estado, en cuya materia es la máxima autoridad. 34
Asimismo, diferenciaremos al órgano constitucional autónomo del organismo público descentralizado de la administración pública de la siguiente manera:
El órgano constitucionalmente autónomo es creado por el constituyente y su creación, objeto, integración y funcionamiento es plasmado en la Carta Magna a diferencia del organismo público descentralizado de la administración pública, si bien es cierto su creación tiene fundamento constitucional, este es creado por el Congreso de la Unión o del Ejecutivo Federal y su objeto, integración y funcionamiento es plasmado en una ley o decreto.35
En la actualidad el organismo público descentralizado de la administración pública se crea para hacerse cargo de la prestación de un servicio público a diferencia del órgano constitucional autónomo que, como ya se mencionó, es creado para ser el principal depositario de una función del Estado, en cuya materia es la máxima autoridad.
Adicionalmente, debe decirse que el órgano constitucional autónomo, como se ha mencionado reiteradamente, no se encuentra sujeto a ninguno de los Poderes de la Unión, sin embargo, el organismo público descentralizado de la administración pública se sujeta a la tutela y vigilancia de la administración central, lo anterior, para dar congruencia y transparencia a la administración de la que forman parte (es decir, se encuentran sectorizados).
Finalmente, no debe olvidarse que no todos los entes que la Constitución califica como autónomo o dotados de autonomía cumplen con las características o los fines de los órganos autónomos, tal como los describe la doctrina. Un ejemplo al respecto puede encontrarse en los tribunales agrarios y los de lo contencioso-administrativo, si bien es cierto no están adscritos directamente a poder alguno, carecen de algunos rasgos distintivos de los órganos constitucionales autónomos, tales como, la participación directa en la política del Estado, así como, fungir como componente fundamental en la estructura constitucional.36
Análisis crítico a los órganos constitucionales autónomos y conclusiones del autor.
Una vez que se ha expuesto desde el punto de vista doctrinal el concepto, naturaleza jurídica y características de nuestro objeto de estudio, en el presente apartado se pretende formular un análisis crítico de los órganos constitucionales autónomos y algunas conclusiones, con las que se dará cumplimiento a los objetivos planteados en la elaboración de este ensayo.
Como se ha expuesto, la realidad estatal contemporánea ha devenido compleja y problemática, por lo que ha surgido la necesidad de perfeccionar los órganos públicos y la distribución de funciones, así los órganos constitucionales autónomos surgen bajo la idea de equilibrio constitucional basada en los controles de poder evolucionado de esta forma la teoría tradicional del Estado, que sin perder su esencia, los considera como el resultado de una distribución de funciones, para hacer más eficaz el desarrollo de actividades encomendadas al Estado. Como ya se ha señalado, los órganos constitucionales autónomos no están subordinados respecto de algún otro órgano del Estado y uno de los rasgos de su autonomía es su independencia de los demás órganos constitucionales y no se adscriben directamente a ninguno de los poderes del Estado.
Por lo expuesto, y siguiendo la concepción flexible de la teoría de la división de poderes es posible colegir que hasta la fecha ha sido voluntad del Poder Constituyente y del poder revisor de la Constitución constituir y organizar nueve diversos órganos del poder que son autónomos e independientes entre sí, a los cuales le ha sido atribuidas de manera preferente las funciones del Estado mexicano, a saber: a) Congreso de la Unión; b) Ejecutivo Federal, c) Poder Judicial de la Federación; d) Comisión Nacional de los Derechos Humanos; 
e) Banco de México; f) Instituto Nacional Electoral, g) Instituto Nacional de Estadística y Geografía, h) Instituto Federal de Telecomunicaciones, i) Comisión Federal de Competencia Económica, j) Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, k) Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, e l) Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
No omitimos, señalar que consideramos que esta formulación doctrinal contrasta con la concepción clásica de los tres Poderes de la Unión como únicos depositarios del poder soberano y las funciones del Estado Mexicano, sin embargo, debido al dinamismo y dialéctica en la evolución del Derecho administrativo y constitucional contemporáneo, estimamos que esta concepción e interpretación de la distribución de funciones del poder público, puede reflejar de mejor manera la realidad del texto constitucional vigente, que está en una constante evolución y alejamiento del principio rígido de la división de poderes.
Asimismo, del estudio doctrinal se puede concluir que no hay un concepto claro de lo que es un órgano constitucional autónomo ni hay definición normativa de su naturaleza jurídica; pues debido a la función sui generis que desempeñan dentro del sistema político mexicano es difícil establecerla, no obstante, podemos concluir que éstos son personas de Derecho público que forman parte del Estado Mexicano y debe atenderse a la naturaleza de su función para determinar exactamente su naturaleza jurídica. Así las cosas, podemos calificarlos como entes a los que las Constitución atribuye un conjunto de competencias a través de los cuales el Estado ejerce su poder, independientemente de las tres funciones tradicionales. Es una entidad atípica que forma parte del Estado y no se encuentra sujeta a los controles propios de la administración pública.
Por otra parte, es de gran importancia señalar que a partir del año 2007 la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha referido a esta figura jurídica sui generis y ha definido en dos tesis jurisprudenciales37 los criterios que deben ser observados para identificar a un organismo como plenamente autónomo a diferencia de una gran cantidad de órganos que gozan de autonomía técnica, funcional o financiera pero que no pueden ser catalogados en esa categoría. Para nuestro Tribunal, las características de los órganos constitucionalmente autónomos son: a) Deben estar establecidos directamente por la Constitución Federal; b) Deben mantener, con los otros órganos del Estado, relaciones de coordinación; c) Deben contar con autonomía e independencia funcional y financiera; d) Deben atender funciones primarias u originarias del Estado que requieran ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad; por lo anterior, hemos tomado estas características para poder diferenciar cuando estamos en presencia de un órgano constitucional autónomo y cuando se trata de un organismo público descentralizado de la Administración Pública o de un organismo descentralizado del Estado.
Adicionalmente, debe decirse que en el desarrollo de la presente investigación se encontró autores como el Dr. Fernández Ruíz, que señala que atendiendo a las características que entraña la creación de un órgano constitucional autónomo, deberían reformarse los artículos 49 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente, para incorporar a los órganos constitucionales autónomos como un cuarto poder; sin embargo, si el criterio se apega a la concepción flexible de la división de poderes, se entenderá que la división de poderes prevista en el artículo 49 constitucional no puede ser entendida de manera rígida sino flexible, es por ello que puede afirmarse que de manera adicional a las tres funciones tradicionales atribuidas a los órganos de poder del Estado Mexicano, el constituyente permanente ha incorporado nueve funciones autónomas, por lo que se consideraría innecesario incorporar al texto constitucional dicha reforma, ya que ésta no añadiría a los órganos constitucionales autónomos mayor de legitimación o validez legal.
Al margen de lo señalado, se estima necesario incorporar al texto constitucional vigente, la definición exacta de la naturaleza jurídica de los órganos constitucionales autónomos, así como un término común para referirlos, lo anterior, a fin de darle una mayor congruencia a lo preceptuado en la Carta Magna. 
Conclusiones del autor
Debido al empuje de las corrientes doctrinarias actualmente imperantes en el Derecho constitucional y administrativo, emergen los órganos constitucionales autónomos cuya aparición pone a discusión la antigua división tripartita de los poderes públicos.
Se aprecia que la estructura orgánica del Estado mexicano ha sido modificada significativamente desde 1917 a la fecha, principalmente durante la última década del siglo XX, se introdujeron diversos entes jurídicos de carácter atípico, que no dependen orgánicamente de ninguna de los tres órganos tradicionales que ejercen el poder en México.
Se concluye que aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé distintos órganos dotados de autonomía, no todos los entes que la Constitución califica como “autónomo” o “dotados de autonomía” cumplen con las características o los fines de los órganos constitucionales autónomos aquí estudiados, tal como los describe la doctrina.
Para efectos de su estudio, doctrinalmente se han ubicado a los órganos constitucionales autónomos como parte de la administración pública federal 38, por las funciones de carácter administrativo que desempeñan.
Dentro del sistema jurídico mexicano, los órganos constitucionales autónomos son aquellos a los que les está confiada la actividad directa e inmediata del Estado, y que, en los límites del derecho objetivo, que los coordina entre sí, pero no los subordina unos a otros, gozan de una completa independencia y paridad recíproca, se encuentran en el vértice de la organización estatal, no tienen superiores y son sustancialmente iguales entre sí, no están incluidos en ni uno solo de los poderes u órganos tradicionales del Estado, saliéndose del sistema tripartita plasmado tanto en nuestros artículos 49 como 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Aunque no hay definición normativa de la naturaleza jurídica de los órganos constitucionales autónomos, y aunque debido a la función sui generis que desempeñan dentro del sistema político mexicano es difícil establecerla, consideramos que éstos son personas de Derecho público que forman parte del Estado Mexicano y debe atenderse a la naturaleza de su función para determinar exactamente su naturaleza jurídica. Motivo por el cual concluimos que podemos calificarlos como entes a los que las Constitución atribuye un conjunto de competencias a través de los cuales el Estado ejerce su poder, independientemente de las tres funciones tradicionales. Son una entidad atípica que aunque forma parte del Estado y no se encuentra sujeta a los controles propios de la administración pública.
Las características de los órganos constitucionalmente autónomos son: a) Deben estar establecidos directamente por la Constitución Federal; b) Deben mantener, con los otros órganos del Estado, relaciones de coordinación; c) Deben contar con autonomía e independencia funcional y financiera; d) Deben atender funciones primarias u originarias del Estado que requieran ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad.
Siguiendo la concepción flexible de la teoría de la división de poderes es posible colegir que hasta la fecha sido voluntad del Poder Constituyente y del poder revisor de la Constitución constituir y organizar siete diversos órganos del poder que son autónomos e independientes entre sí, a los cuales le ha sido atribuidas de manera preferente las funciones del Estado mexicano, a saber: a) Congreso de la Unión; b) Ejecutivo Federal, c) Poder Judicial de la Federación; d) Comisión Nacional de los Derechos Humanos; e) Banco de México; f) Instituto Nacional Electoral; g) Instituto Nacional de Estadística y Geografía; h) Instituto Federal de Telecomunicaciones, 
i) Comisión Federal de Competencia Económica, j) Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, k) Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, e l) Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Consideramos que la creación de los órganos constitucionales autónomos no altera la teoría tradicional de la división de poderes, ya que aunque son autónomos a los poderes primarios (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) éstos forman parte del Estado Mexicano, por lo anterior, se concluye que éstos se ubican a la par de los órganos ejecutivo, legislativo y judicial, ya que, como se ha reiterado no se adscriben directamente a ninguno de éstos.
Se estima que los órganos constitucionales autónomos, se constituyen como verdaderos poderes, entendido dicho término como funciones del Estado, porque tienen funciones independientes, reconocidas y garantizadas por la Constitución y son capaces de emitir actos definitivos; esto es, ulteriormente inmodificables por otros órganos, salvo en algunos casos por el Poder Judicial de la Federación.
Los órganos constitucionales autónomos contribuyen, no sólo a ampliar el margen de actuación de la entidad estatal por cauces diferentes a los tradicionales, sino también al redimensionamiento y al equilibrio de los poderes mismos, se constituyen efectivamente como un contrapeso eficiente de control constitucional.
Aunque algunos doctrinarios y partidos políticos han propuesto una reforma a los artículos 49 y 116 constitucionales, para incorporar a los órganos constitucionales autónomos como un cuarto poder, nosotros consideramos innecesario incorporar al texto constitucional una reforma a dichos artículos constitucionales, ya que ésta no implicaría que los órganos constitucionales autónomos contaran con un grado mayor de legitimación o validez legal;
Se considera que las reformas al texto constitucional propuestas no han tomado en consideración ubicar a los órganos constitucionales autónomos en un sólo rasgo y proponer rasgos comunes que los identifique en lo esencial y que permitan hacer las distinciones propias de su competencia técnica, cualidad que a fin de cuentas parece constituir su rasgo definitorio, por ello se estima necesario incorporar, entre otros elementos, la definición exacta de la naturaleza jurídica y adoptar un término común para referirse a los órganos constitucionales autónomos a fin de dar una mayor congruencia al texto constitucional vigente.
Identificar y cuantificar dichos costos es indispensable para conocer la dimensión del problema y diseñar políticas públicas adecuadas para su prevención y erradicación.
Costos económicos
Inversión – Hasta 5% menor en países con mayor corrupción (FMI)
Ingreso de las empresas – Pérdida de 5% de las ventas anuales (Ernst & Young)
Piratería – Pérdida de 480 mil empleos al año (CEESP)
Producto Interno Bruto – 2% del PIB (WEF), 9% (Banco de México, Banco Mundial y Forbes), 10% (CEESP)
Costos políticos
Insatisfacción con la democracia:
Sólo 37% apoya a la democracia
Sólo 27% se encuentra satisfecho con la democracia (Latinobarómetro 2013)

Costos sociales
Bienestar: 14% del ingreso promedio anual de los hogares destinado a pagos extraoficiales (Transparencia Mexicana).
Violencia: Existe una correlación positiva entre corrupción y niveles de violencia (Institute for Economics and Peace).

Septiembre 21, 2016 – 08:54
La Silla Rota

Un estado cuya deuda pública creció en más del 400%, con más pobreza extrema e inseguridad que hace seis años, y con diversos conflictos agrarios y sociales, es lo que recibirá el próximo gobernador de Oaxaca, Alejandro Murat Hinojosa, quien tomará el cargo el 1 de diciembre.
Además, una decena de obras se quedaron en promesas en este sexenio que está por concluir, con el principal argumento de la falta de recursos para ejecutarlas, según ha declarado el actual gobernador Gabino Cué.

1. UNA DEUDA POR 20 AÑOS

La deuda pública actual es de 20 mil 302 millones 657 mil 489 pesos, cantidad que representa cuatro veces más la registrada hace seis años cuando el priísta Ulises Ruiz Ortiz dejó el poder. Entonces eran 4 mil 615 millones de pesos.
Los datos obtenidos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado señalan que 8 mil 773 millones 024 mil 446 pesos es el monto de la deuda pública con la banca comercial; con la banca de desarrollo de 6 mil 397 millones 067 mil 512 pesos y, con emisiones bursátiles es de 5 mil 946 millones 999 mil 915 pesos. Lo anterior implica que el Estado estará endeudado por los próximos 20 años, según especialistas.

México: Anatomía de la Corrupción
Autor: IMCO Staff

México: Anatomía de la Corrupción, María Amparo Casar (2015)
El Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (IMCO) y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) presentan: México: Anatomía de la Corrupción.
Esta investigación, realizada por María Amparo Casar, es una fotografía de cómo nos vemos los mexicanos a nosotros mismos y cómo nos perciben y califican en el mundo en materia de corrupción.
Es necesario conocer la corrupción: localizarla, medir su extensión, identificar sus causas, encontrar las áreas de riesgo que permiten su reproducción, examinar sus mecanismos de operación, exhibir sus efectos y estudiar las experiencias exitosas. Solo así se podrá traducir la indignación en una estrategia exitosa para combatirla.
Los costos de la corrupción
La corrupción es un lastre por los enormes costos económicos, políticos y sociales que ocasiona en los países que la padecen con mayor agudeza. Identificar y cuantificar dichos costos es indispensable para conocer la dimensión del problema y diseñar políticas públicas adecuadas para su prevención y erradicación.
Costos económicos
Inversión – Hasta 5% menor en países con mayor corrupción (FMI)
Ingreso de las empresas – Pérdida de 5% de las ventas anuales (Ernst & Young)
Piratería – Pérdida de 480 mil empleos al año (CEESP)
Producto Interno Bruto – 2% del PIB (WEF), 9% (Banco de México, Banco Mundial y Forbes), 10% (CEESP)
Costos políticos
Insatisfacción con la democracia:
Sólo 37% apoya a la democracia
Sólo 27% se encuentra satisfecho con la democracia (Latinobarómetro 2013)
Crisis de representación:
91% no confía en partidos políticos
83% no confía en legisladores
80% no confía en instituciones del sistema judicial (Barómetro Global de la Corrupción, Transparencia Mexicana).
Costos sociales
Bienestar: 14% del ingreso promedio anual de los hogares destinado a pagos extraoficiales (Transparencia Mexicana).
Violencia: Existe una correlación positiva entre corrupción y niveles de violencia (Institute for Economics and Peace).
La situación de México en los índices de corrupción
De acuerdo con el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, entre 2008 y 2014 México cayó 31 posiciones.
De acuerdo con el Barómetro Global de la Corrupción 2013 de Transparencia Internacional, el 88% de los mexicanos pensamos que la corrupción es un problema frecuente o muy frecuente [1], y la mitad de la población considera que la corrupción ha aumentado mucho en los últimos dos años.
Muestra de la importancia de la corrupción en la agenda nacional es la creciente atención que sirve por parte de los medios: entre 1996 y 2014 el número de notas sobre corrupción en la prensa tuvo un crecimiento de más de cinco mil por ciento. Pasó de 502 a 29,505 notas en 18 años.
Corrupción en lo local
Ningún estado se escapa de la corrupción, en todas las entidades se percibe corrupción en el sector público. En Querétaro, el estado mejor calificado, el 65% de las personas cree que existe corrupción. El promedio de las 32 entidades fue de 85% de percepción.
Por otra parte, las instituciones que se perciben como más corruptas [2] son:
Partidos políticos (91%)
Policía (90%)
Funcionarios públicos (87%)
Poder legislativo (83%)
Poder judicial (80%)
Corrupción en las empresas
La corrupción no empieza ni termina en el sector público. Es un problema de oferta y demanda.
El 44% de las empresas en México reconoció haber pagado un soborno, esto nos ubica solo por debajo de Rusia. Además, los encuestados respondieron que el 75% de los pagos extraoficiales que hacen las empresas mexicanas se utiliza para agilizar trámites y obtener licencias y permisos. Finalmente, una tercera parte de estos pagos se entregan a dependencias municipales.
Ciudadanía y corrupción
Sin embargo, los mexicanos nos sentimos honestos. La percepción de corrupción en nuestros círculos cercanos es baja. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Impacto y Calidad Gubernamental del INEGI:
43% de los mexicanos cree que sus familiares nunca son corruptos
38% cree que sus vecinos nunca son corruptos
20% cree que sus compañeros de trabajo nunca son corruptos
No obstante, en 2013 se registraron más de 4 millones de actos de pequeña corrupción (INEGI). ¿Quién los cometió?
Impunidad
Finalmente, sólo 2% de los delitos de corrupción son castigados, siempre los cometidos por mandos inferiores. Además, de las 444 denuncias presentadas por la Auditoría Superior de la Federación desde 1998 hasta 2012, sólo 7 fueron consignadas, es decir, 1.5%.

Heredará Murat en Oaxaca deuda de 20 mmdp, pobreza extrema
Septiembre 21, 2016 – 08:54
La Silla Rota

Un estado cuya deuda pública creció en más del 400%, con más pobreza extrema e inseguridad que hace seis años, y con diversos conflictos agrarios y sociales, es lo que recibirá el próximo gobernador de Oaxaca, Alejandro Murat Hinojosa, quien tomará el cargo el 1 de diciembre.
Además, una decena de obras se quedaron en promesas en este sexenio que está por concluir, con el principal argumento de la falta de recursos para ejecutarlas, según ha declarado el actual gobernador Gabino Cué.

1. UNA DEUDA POR 20 AÑOS

La deuda pública actual es de 20 mil 302 millones 657 mil 489 pesos, cantidad que representa cuatro veces más la registrada hace seis años cuando el priísta Ulises Ruiz Ortiz dejó el poder. Entonces eran 4 mil 615 millones de pesos.
Los datos obtenidos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado señalan que 8 mil 773 millones 024 mil 446 pesos es el monto de la deuda pública con la banca comercial; con la banca de desarrollo de 6 mil 397 millones 067 mil 512 pesos y, con emisiones bursátiles es de 5 mil 946 millones 999 mil 915 pesos. Lo anterior implica que el Estado estará endeudado por los próximos 20 años, según especialistas.

2. HAY MÁS DE 228 MIL NUEVOS POBRES

En Oaxaca el aumento en la pobreza es evidente, lo muestran las estadísticas que señalan que de posicionarse en el tercer lugar en cuanto a pobreza después de Chiapas y Guerrero, pasó al segundo lugar, además, de ser el séptimo estado del país con mayor crecimiento en la pobreza y el cuarto con el aumento más significativo en pobreza extrema.
En los últimos dos años, la cifra de pobres en la entidad creció en un 4.9% al pasar de dos millones 434 mil personas en 2012, 61.9%, a dos millones 662 mil 7 personas en 2014, 66.8%, lo que significa 228 mil nuevos pobres en este periodo, de acuerdo a datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política y Desarrollo Social (Coneval), lo que contrasta con declaraciones de la administración estatal saliente.
En incremento en la pobreza extrema, los datos son más alarmantes, al pasar en 2012 de 23.3% a 28.3% en 2014, es decir de 916 mil oaxaqueños que vivían en esta condición a un millón 130 mil, lo que representa 214 mil habitantes que viven en una situación de grave rezago.
En promedio más de un millón y medio de oaxaqueños enfrentan rezago educativo, acceso a los servicios de salud, a una vivienda digna, seguridad social, servicios básicos y a alimentación.

3. CRECE NÚMERO DE HOMICIDIOS

Pese a que el gobierno saliente reportó que Oaxaca se ubica dentro de los 10 estados más seguros del país, la cifras reportadas por la Fiscalía General de Justicia del Estado muestran una alza considerable de más del 11%, sobre todo el homicidios dolosos de 2011 a la fecha.
De acuerdo a gráficas que muestra la FGJEO en su portal de Internet, detallan que del 2011 al 2015 se registraron 3 mil 049 homicidios; sólo en los últimos dos años, los asesinatos se han elevado considerablemente al registrar en 2015 un total 759.
Los municipios que concentraron el mayor número de asesinatos son: Juchitán de Zaragoza, San Pedro Mixtepec, Salina Cruz, Huajuapan de León, Tuxtepec, Oaxaca de Juárez y Santa Cruz Xoxocotlán.

Mientras que en seis meses de este 2016 se han presentado más de 353 homicidios dolosos; de enero a marzo 182 y en de mayo a julio 171, mientras que los municipios más violentos son: Juchitán, Pinotepa Nacional, Tuxtepec, y San Pedro Mixtepec.
En el mismo reporte, muestra que a partir del 15 de mayo a la fecha, periodo del conflicto magisterial en Oaxaca, se reportaron 171 homicidios, de los cuales 34 ocurrieron en mayo, 72 en junio y 65 asesinatos en julio.
En declaraciones del gobernador Gabino Cué Monteagudo señaló que parte del incremento en la inseguridad se debe al “halo de impunidad” propiciado por el magisterio durante sus movilizaciones.
Al delito de homicidios se suman otros como vehículos robados, extorsión, secuestro, robo calificado y robo con violencia.

4. OBRAS ESTRATÉGICAS SIN CONCLUIR

Anticipando la falta de conclusión de obras estratégicas para el estado, Alejandro Murat Hinojosa se comprometió a terminar, en su primer año de gobierno, la carretera a la Costa e Istmo de Tehuantepec.
Gabino Cué Monteagudo reconoció que serán obras que se heredarán a la próxima administración debido a que la falta de recursos evitó se concluyeran como se tenían planeado. La carretera a la Costa que se recibió con 2 % de avance se dejará con 56 % de su construcción y la que va al Istmo de un 25% recibida se deja con 54%.
En tanto que el Centro de Convenciones, que fue una obra polémica por el lugar donde inicialmente se pretendía llevar a cabo (Cerro del Fortín), se quedará con un avance del 80% y se culminará en febrero del 2017; mientras que el proyecto Sistema de Transporte Integrado (SIT), mejor conocido como CityBus, cuyo costo será de 646 millones 573 mil 512.81 pesos, otra obra que ha causado molestia entre la ciudadanía por los retrasos, solo se inaugurará en su primera de cuatro etapas contemplada.
Sobre el adeudo a diferentes sectores poblacionales y proveedores, el mandatario estatal indicó que solo existe un retraso de pago en las becas bienestar y apoyos a las personas con discapacidad y proveedores “que se finiquitaran en los próximos días”.
A ellos se suman las obras hospitalarias inconclusas por falta de dinero y por irregularidades en los terrenos que se han acentuado, tal es el caso del hospital en Reyes Etla, de Tlaxiaco, Ixtlán de Juárez, Salina Cruz, Tuxtepec, Puerto Escondido y Huajuapan de León.

5. LOS CONFLICTOS AGRARIOS, OTRA PROBLEMA PENDIENTE

La Secretaría General de Gobierno reportó hay activos 364 conflictos activos de un total de mil 708 agrarios, políticos y sociales que son atendidos constantemente.
De los conflictos agrarios, 32 de estos son de alta prioridad, 6 están considerados como focos rojos, 28 de mediano riesgo y el resto, 22, de bajo riesgo.
Entre las pugnas que pueden considerarse foco rojos son: Francisco del Mar- San Francisco Ixhuatán, San Sebastián Nopalera-Zimatlán de Lázaro Cárdenas, Amoltepec con Yucuntidoó, Santo Domingo Yosoñama-Mixtepec y la zona de los Chimalapas, conflictos con antecedentes de violencia con más de 20 muertos a causa de los enfrentamientos armados.
Carlos Santiago Carrasco, titular de la Segego, admitió que el conflicto por invasión de Chiapas en la zona de los Chimalapas será otros de los pendientes, aunque la solución está en el terreno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
A ello se suma el conflicto magisterial con la CNTE, cuya jornada de protestas que inició en mayo pasado deja como saldo 8 asesinados y más de 200 lesionados por arma de fuego y otros objetos.
A Murat le tocará lidiar con la problemática magisterial y posiblemente con una nueva dirigencia sindical.

Además miles de millones de pérdidas económicas por daños al sector privado, más retraso en el sector educativo y una sociedad polarizada.

Contraloría investiga a 1,200 funcionarios de Gabino Cué
Septiembre 22, 2016 – 09:06
Eco 570

A Germán Tenorio, ex secretario de Salud, le notificaron cuatro resoluciones más de inhabilitación por 20 años
La Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental investiga a mil 200 funcionarios, entre ellos subsecretarios, directores generales y directores de las 86 dependencias y entidades del gobierno aliancista.
Algunos serán notificados de resoluciones de inhabilitación por 15 y 20 años en la primera semana de octubre.
Caso emblemático ha sido el del exsecretario de Salud Germán Tenorio Vasconcelos, quien la semana pasada fue notificado de cuatro resoluciones más de inhabilitación por 20 años en cada procedimiento, por el supuesto de malversación de 81 millones de pesos en la cuenta pública 2015.
Respecto a Germán Tenorio, tiene el beneficio de interponer un recurso de revocación ante Contraloría y su plazo vence el 28 de septiembre; o puede recurrir al Tribunal quien le otorga 45 días para interponer ese recurso y el plazo vencería en la segunda semana de noviembre, luego procedería al juicio de nulidad o amparo directo.
Tenorio Vasconcelos acumuló seis expedientes de inhabilitación: cuatro de 20 años, uno de 10 años y uno de tres años, estos dos últimos de la cuenta pública 2014.
La Contraloría también está por concluir tres procedimientos en contra del exsecretario de las Infraestructuras y Ordenamiento Territorial Sustentable (SINFRA), Netzahualcóyotl Salvatierra López, los montos investigados están bajo reserva hasta que se emita la resolución.
Asimismo, la Controlaría instruyó un procedimiento para el exdirector de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), José Luis Pinacho Gómez.
De todas estas investigaciones, en la primera semana de octubre estarían siendo emitidas las resoluciones de inhabilitación en los casos que lo ameriten, confirmó el secretario contralor Luis Felipe Cruz López.

Inhabilitación de 80 años a Germán Tenorio
Septiembre 21, 2016 – 10:23
Álvaro Morales/Encuentro RadioTV

Tras ser comprobados nuevos actos de malversación de recursos, el exsecretario de Salud de Oaxaca, Germán Tenorio Vasconcelos, recibió una inhabilitación acumulada de 80 años—cuatro sanciones de 20 años cada una—para ocupar cualquier cargo público por parte de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental.
De acuerdo con el titular de la dependencia, Luis Felipe Cruz López, la autoridad confirmó malos manejos por el orden de los 81 millones de pesos durante la gestión del exservidor público, quien, en 2014, un año antes de su renuncia, se hizo de un avión para uso privado, valuado en 3.5 millones de pesos, y cuya propiedad ocultó en sus declaraciones patrimoniales.

Que siempre sí estaba inhabilitado

En entrevista, Cruz López indicó que la semana pasada, Tenorio Vasconcelos fue notificado de cuatro inhabilitaciones, cada una por un periodo de 20 años, que se suman a otras dos suspensiones—una por tres y otra por 10 años–, que fueron resueltas a comienzos de año y que, según el gobierno, ya han sido ratificadas tanto por la Contraloria como por tribunales en materia administrativa.
Una vez enterado de las últimas cuatro resoluciones, dijo el contralor, Tenorio tiene un plazo de 15 días—que vence el próximo 27 de septiembre–, para solicitar un recurso de revocación de la sanción, pero también goza de 45 días para promover un juicio de nulidad ante el Poder Judicial.
Cuestionado sobre la poca trascendencia de las resoluciones emitidas por la secretaría a su cargo, luego de que los ex servidores públicos no reciben castigo de cárcel después de ser inhabilitados, Luis Felipe Cruz indicó que si las instancias jurisdiccionales ratifican las sanciones, las autoridades podrían proceder judicialmente en contra de Tenorio Vasconcelos.

Concluyen investigaciones vs Tenorio, afirman

Asimismo, indicó que con los últimos dictámenes la dependencia a su cargo concluyó los seis expedientes abiertos en contra de la gestión del exsecretario de Salud, entre diciembre de 2010 y julio de 2015.
Después de su dimisión, se llegó a especular que el funcionario había incurrido en un desvío de 2 mil millones de pesos, que a la postre no se confirmó legalmente.

Impunidad

Uno de los mayores escándalos en torno a la figura del político priista estalló cuando fue revelado que el entonces titular de Salud poseía un avión tipo Cessna Aircraft con matrícula XB-LKO y número de serie 340-0230, adquirido a un precio de 3.5 millones de pesos a la Inmobiliaria Tenorio SA de CV.
Además, los expedientes refieren que Tenorio Vasconcelos contrató de manera irregular a su hija, Daniela Tenorio Bernal, quien cubría una plaza y estaba comisionada para trabajar en un centro de salud con un salario de 4 mil pesos mensuales.
Por estos hechos, el gobernador de Oaxaca, Gabino Cué, declaró en enero de 2016 que Germán Tenorio había sido inhabilitado para ejercer cargos públicos por un periodo de 13 años.

Polémica por falsa inhabilitación

Sin embargo, cinco meses después, un documento emitido por la propia Secretaría de Contraloría reveló que el ex funcionario no había sido sancionado.
De acuerdo con el escrito, este personaje podía ocupar cualquier cargo público debido a que no se encontraba inhabilitado.
El documento de la dependencia estatal, fechado el cuatro de mayo del año, señala que “luego de una revisión minuciosa de los registros de servidores públicos sancionados del gobierno Federal, así como los contenidos de la base de datos de servidores públicos inhabilitados del Estado y municipios de Oaxaca, a la fecha no se encuentra inhabilitado Germán de Jesús Tenorio Vasconcelos”.
Esto último, según la nueva versión de la Secretaría, ha quedado sin efecto.

Casi 900 mil pesos gastaron en viáticos Amador y Eloí en el PRD
Septiembre 22, 2016 – 14:38
Alberto Ortiz/NSS Noticias

Los oaxaqueños Amador Jara Cruz, todavía secretario de Movimientos Sociales, Sindicales y Campesinos del Comité Ejecutivo Nacional del PRD y Eloí Vásquez López, integrante de la comisión Política Nacional, han gastado en viáticos un promedio de 896 mil 543 pesos.
Y es que de acuerdo a información de un medio de circulación nacional, el también dirigente de la Unión Campesina Democrática (UCD) y aspirante a la dirigencia estatal gastó 445 mil 976 pesos.
El otro implicado es el líder estatal del la corriente (tribu), Foro Nuevo Sol, Eloí Vásquez López quien reportó al CEN erogaciones por 450 mil 567 pesos a lo largo del ejercicio fiscal 2014.
Únicamente en viáticos, los integrantes de la cúpula del Partido de la Revolución Democrática (PRD) se gastan más de 24 mil pesos diarios.

Tan sólo en 2014 y 2015, el partido derrochó 17 millones 604 mil 408 pesos en viáticos para los dirigentes e integrantes de la Comisión Nacional Electoral, la Mesa Directiva, diversas secretarías como la de Organización, Desarrollo Sustentable y Ecología, Jóvenes y la de Afiliación, entre otras.
En el 2015 el PRD reportó 8 millones 904 mil 286 pesos.
Amador Jara Cruz, como secretario de Movimientos Sociales, Sindicales y Campesinos solicitó 445 mil 976 pesos.
Eloí Vázquez López, quien aparece como un integrante de la Comisión Política Nacional, en 2014 solicitó 450 mil 567 pesos para viáticos.
Ambos dirigentes de expresiones internas del PRD buscarán la presidencia del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del partido del Sol Azteca, al quedar acéfala tras la salida de Carol Antonio Altamirano, diputado local electo.
Otro que busca la candidatura por la UCD, es el ex candidato a la gubernatura José Antonio Estefan Garfias.
Así como, Raymundo Carmona Laredo, líder de Nueva Izquierda Costa y actual edil de San Pedro Pochutla y Rey Morales Sánchez, quien rompió con Jara Cruz, dada las aspiraciones de ambos por dirigir los destinos del PRD en 2016 – 2017.

Por dinero me desconocen mis compañeros diputados del PAN: Natividad
Septiembre 22, 2016 – 09:21
Jaime Guerrero/El Piñero de la Cuenca

La diputada local del Partido Acción Nacional, Natividad Díaz Jiménez, reveló que su remoción de la Coordinación de la Bancada en la LXII Legislatura, por parte de 8 de 9 diputados, está motivada por dinero y en la coyuntura del próximo relevo de la dirigencia estatal de ese instituto político.
“Me cuestionaban porque no les contestaba las llamadas. Pero era desgastante para mí contestar esas llamadas, a pesar de que estamos bien interceptados en las líneas, en donde todo el tema era económico”, reveló.
A semanas de la polémica que derivado no solo en su desconocimiento, también en la remoción de directoras de áreas a afines a ella, los señalamientos los centro en los diputados Gerardo García Henestroza, Leslie Jiménez Valencia y Alejandra García Morlan.
En la víspera vía telefónica se solicitó una entrevista a García Morlan, sobre la disputa panista. No se concretó. Solo concedió que “cada quien lo veía de acuerdo a sus intereses y que era un juego perverso”.
Para Díaz Jiménez, ya se perdió la cordura de hacer las cosas de sus compañeros y compañeras diputadas.
“Entiendo que ya se acabó (la legislatura, las dietas y los beneificios) ya no hay, pero yo les dije que no venía a hacer dinero. Me pusieron en un distrito para ser oposición para usar la tribuna en beneficio de los oaxaqueños no de los bolsillo de los diputados”, asestó.
Mientras ella se declara coordinadora, con el aval de la dirigencia estatal y nacional, su opositor panista, Gerardo García Henestroza, también se declara el coordinador con el apoyo de los coordinadores del PRI, Alejandro Avilés Álvarez; y del PRD, Jesús López Rodríguez.
“No voy a quedar como la mala ante la sociedad. Qué donde está Naty. Yo no voy a quedar así”, atajó antes los cuestionamientos de éste reportero.
“Yo no vine a defender bolsillos en intereses personales de mis compañeros diputados”, terció.
Y fue más allá. Puntillosa soltó: “que me disculpe la diputada Leslie Jiménez Valencia y Alejandra García Morlán, que con fundamentos me digan en dónde no se les atendió”.
Díaz Jiménez, dijo que todos sus puntos de acuerdo de urgente y obvia que pedían se buscaban los consensos.
A su juicio, es válido que entre panistas existan conflictos, no obstante, no de esa gravedad porque en temas económicos no se logra unidad, solo se exhiben intereses personales.
“Qué pena que se le acabe el amor a la coordinadora. Es una pena que sea en los medios donde se les transmita el mensaje, pero así lo están solicitando ellos. Yo vine a trabajar en política y no voy a ser cómplice de nadie por temas de dinero”, sentenció y cortó la entrevista.
El pasado lunes, a través de un comunicado, el presidente estatal del Partido Acción Nacional (PAN), Juan Mendoza Reyes, llamado para que los conflictos al interior del organismo político se resuelvan por la vía del diálogo, y no mediante actos autoritarios, represivos e ilegales, que afectan a terceros.
“La dirigencia estatal y nacional han reconocido a Natividad Díaz Jiménez como coordinadora de la Fracción Parlamentaria del PAN, como lo establecen nuestros estatutos”, resaltó.
Lamentó que la ambición de poder haya llevado a un grupo de panistas a recurrir a la ilegalidad para obtener un cargo, desde el cual han causado la desestabilización del Congreso, en el ámbito mediático y administrativo.
“Las actitudes que han demostrado algunos diputados panistas lesionan la dignidad de los trabajadores, contraviniendo los principios de nuestra doctrina”, lanzó.
Investiga PGR al gobernador de Veracruz, Javier Duarte
Septiembre 22, 2016 – 13:33
La Jornada

La Procuraduría General de la República (PGR) investiga al gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, y al ex tesorero de esa entidad y actual diputado local por Nueva Alianza Vicente Guillermo Benítez González, por los delitos de enriquecimiento ilícito, peculado e incumplimiento del deber legal, informó el titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (Seidf), José Guadalupe Medina Romero.
Durante una conferencia de prensa realizada en instalaciones de la PGR, el funcionario dio a conocer que por ‘‘conexidad’’ con las investigaciones que realizan en el ámbito federal se decidió atraer las indagatorias iniciadas por la Fiscalía General de Justicia de Veracruz, en las que aparece como probable responsable de diversos delitos el gobernador Duarte de Ochoa.
La atracción de las indagatorias se inició porque la procuraduría decidió investigar información aparecida en dos medios de comunicación donde se dio a conocer que ‘‘la PGR requirió a la Dirección de Catastro y Valuación del estado de Veracruz información relacionada con 35 empresas y 34 personas, las cuales pudieran estar vinculadas con el gobernador Javier Duarte en el desvío de recursos públicos; lo anterior con motivo de la integración de la carpeta de investigación FED/SEIDF/UEIDFF-VER/0000691/2016.
‘‘Esta información motivó que ese mismo día la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y Contra la Administración de Justicia iniciara una carpeta de investigación (FED/SEIDF/UNAI/VER/0000862/2016) a fin de establecer cómo fue que información de carácter ministerial se filtró, lo que es constitutivo de delito’’, dijo el subprocurador.
La PGR envió personal a Xalapa con el fin de interrogar al director de Catastro y Valuación, ‘‘quien informó la ruta que siguió en dicha dependencia’’ el oficio en el que la Procuraduría General de la República solicitó información de las propiedades y empresas del gobernador Duarte.
La indagatoria se profundizó a partir de que apareció otra publicación en la que se señaló que el director del Registro Civil renunció a su cargo al negarse a proporcionar información falsa a la PGR relacionada con las personas, propiedades y empresas vinculadas con el mandatario veracruzano.
En ese contexto, la procuraduría realizó interrogatorios a un analista administrativo, un subdirector de valuación y operación catastral, así como a un empleado administrativo especializado, todos ellos adscritos a la Dirección General de Catastro y Valuación de Veracruz, y también realizó una revisión a las bitácoras bajo resguardo de la Dirección de Tecnologías de la Información en la Secretaría de Finanzas y Planeación.

Asimismo, interrogó al secretario general de Gobierno, Flavino Ríos Alvarado, ‘‘en relación con la fuga de información que se investiga’’, y al mismo tiempo personal de la PGR arribó a la Fiscalía de Justicia de Veracruz y notificó a su titular, Luis Ángel Bravo Contreras, que la dependencia federal ejercía la facultad de ‘‘atracción por conexidad respecto de las investigaciones iniciadas en contra de Vicente Guillermo Benítez González, Javier Duarte de Ochoa y otros’’.
Las dos carpetas que ahora integra la PGR indagan denuncias por la comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito, peculado e incumplimiento del deber legal. El titular de la Seidf señaló que ‘‘en los próximos días diversos servidores públicos del gobierno del estado serán citados a comparecer para continuar las investigaciones’’.
Extorsionaban a Triquis en Estados Unidos; enviaban dinero al MULT
Septiembre 21, 2016 – 09:48
News Chanel

Cuatro hombres de Greenfield se han declarado culpables de extorsionar $77,500 de la comunidad Triqui. Un grupo indígena viviendo en el Condado de Monterey.
Miles de personas de la comunidad Triqui inmigraron a la Costa Central desde el sur de México. La mayoría vive en Greenfield.
Y según autoridades son un grupo de personas quienes trabajan duro, pero su vida se les ha complicado a causa de un grupo llamado ‘El Consejo.’
Los sospechosos Francisco Sánchez, Francisco Santillán, Constantino Espinosa y Andrés Cruz García formaban parte de ese grupo.
“Si se van a casar con alguien, tienen que pagar para hacerlo. Si van a dejar a su pareja, tienen que pagar antes de hacerlo. Si comentan algo que está en contra de las reglas del supuesto consejo tienen que pagar. Y este dinero que han recaudado de víctimas son miles de dólares,” dijo Sulainman Tokhl con la Fiscalía del Condado de Monterrey.
El FBI duro más de un año investigando este caso. Y descubrieron que el dinero se lo están mandando a un grupo político de México llamado MULT o Movimiento de Unificación y Lucha Triqui.
“Miembros de estos consejos llevan a cabo juntas, y obligan a que las victimas asistan. Reciben llamadas de los miembros de ese grupo político desde México quien controla el área en donde los Triquis viven. Y les hablan sobre las consecuencias que recibirán en México involucrando su familia y propiedades,” explicó Tokhl.
Según agentes, eso fue lo que impedía que victimas los reportaran a autoridades. Hasta el 2014, cuando la policía de Greenfield recibió su primer caso. La fiscalía dijo que 19 personas reportaron estos crímenes.
Si tienen información sobre algún caso similar pueden llamar a la línea anónima 831-647-7725 o pueden hablar directamente con un oficial llamando al 831-674-5111.

A espaldas de sus bases, dirigencia de la S-22 se reúne con Cué
Septiembre 21, 2016 – 09:26
Oscar Valdivieso/Ciudadania Express

Ha trascendido que la dirigencia política de la Sección 22 inició de nueva cuenta con sus negociaciones en lo oscurito con el gobierno de Gabino Cué Monteagudo para dejar que la toma de posesión de Alejandro Murat Hinojosa se lleve con tranquilidad.

Según fuentes consultadas la reunión se habría llevado a cabo en la tarde noche de este martes en Ciudad Administrativa, en el edificio donde tiene sus oficinas Cué Monteagudo.

Al menos catorce integrantes de la Comisión Política, entre ellos Rubén Nuñez Ginez y Francisco Villalobos Ricardez, habrían asistido para poner en la mesa una negociación económica y evitar manifestaciones durante la toma de protesta como gobernador Constitucional de Alejandro Murat.

rubenvillalobos.jpg

La fuente consultada añadió que en esa reunión solo se abordó el tema de las movilizaciones previstas por la Sección 22 para 1 de diciembre en diferentes puntos de la ciudad pero principalmente en la sede del Palacio Legislativo donde se pretende además habilitar un helipuerto para la llegada de la cargada del PRI nacional e invitados de Murat Hinojosa.

Además ha trascendido que en diciembre también será destituída toda la dirigencia de la Sección 22 ante el desgaste político y económico de ese sindicato, y con miras a tener un Comité Ejecutivo Seccional, fortalecido para mantener sus movilizaciones e iniciar sus negociaciones con el nuevo gobierno.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button