Agua y recolección de desechos no se privatizarán en la CDMX

La Asamblea Constituyente aprobó el artículo 21 de la Constitución Política de la Ciudad de México, relacionado con el ordenamiento territorial, en el que quedó establecido que los servicios públicos de agua y recolección y tratamiento de desechos sólidos no podrán ser privatizados.

El artículo fue aprobado con una votación de 85 en favor, dos en contra y cero abstenciones.

Con este artículo aprobado queda establecido que se abastecerá agua sin cargo a las viviendas en zonas urbanas que carezcan de conexión a la red pública y que se establecerán tarifas diferenciadas y progresivas de acuerdo al consumo.

Otro de los puntos fijados fue que el cambio de uso de suelo será regulado por el gobierno con la participación del Congreso en los casos de alto impacto.

El artículo 21 comprende los apartados: A. Medio ambiente; B. Gestión sostenible del agua; C. Regulación del suelo; D. Desarrollo Rural; E. Vivienda; F. Infraestructura física y tecnológica; G. Espacio público y convivencia social; H. Movilidad y accesibilidad; e I. Vulnerabilidad, resiliencia, prevención y mitigación de riesgos.

Luego de más de cuatro horas de sesión, la Asamblea Constituyente también aprobó que la ley establecerá sanciones penales para servidores públicos que otorguen permisos, licencias o autorizaciones cuyo contenido sea violatorio de las leyes o programas de ordenamiento territorial.

En tanto que en la agricultura se impedirá el uso de productos genéticamente modificados y se favorecerá el desarrollo de lo orgánico, mientras que en el tema de vivienda se procurará construcción adecuada para la población de menores ingresos, buscando que el gobierno inhiba la exclusión y segmentación social en las colonias.

También quedó acordado que se impedirá la ocupación privada de los espacios públicos, vías de circulación y áreas no urbanizables y se establecerán programas de reubicación de personas y familias de escasos recursos que habiten en zonas y edificaciones de riesgo.

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