Valida TEEO elección de San Cristóbal Amatlán y San Nicolás.

COMUNICADO
Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 23 de febrero de 2026.- El TEEO celebró sesión pública en la que resolvió un total de 17 medios de impugnación correspondientes a: cinco Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía (JDC), un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de los Sistemas Normativos Internos (JDCI), cinco Juicios Electorales de los Sistemas Normativos Internos (JNI), tres cuadernos de antecedentes (CA), dos recursos de inconformidad (RIN) y un recurso de apelación (RA).
Entre los asuntos resueltos destacan las controversias relativas a la calificación de las elecciones municipales por el régimen de Sistemas Normativos Internos. Al analizar las dos actas presentadas de la elección municipal de San Nicolás, el Tribunal validó la asamblea en la que resultó electa la planilla encabezada por José Manuel Ventura Soriano, por estar acorde con las prácticas comunitarias y contar con la intervención de autoridades tradicionales reconocidas, como el Consejo de Ciudadanos Caracterizados.
Respecto a la elección del Ayuntamiento de San Cristóbal Amatlán, el Tribunal revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-357/2025 y otorgó validez a la elección, al haberse realizado conforme a sus prácticas comunitarias y de acuerdo a los procesos electivos anteriores.
En el expediente identificado como JNI/126/2025, confirmó el acuerdo de validez de la elección de San Juan Bautista Guelache, al observar que las incidencias reportadas en la jornada electoral fueron analizadas debidamente por el IEEPCO al calificar la elección y no fueron determinantes en los resultados.
Entre lo resuelto en la Sesión, se encuentra el Juicio Ciudadano 107 de dos mil veinticinco, contra una resolución interpartidista del Partido Acción Nacional en Oaxaca, que declaró inexistente la violencia política en razón de genero alegada por una militante. El TEEO ordenó al órgano interno de justicia del partido emitir una nueva determinación.
En otro asunto, el Partido del Trabajo, el Partido de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, solicitaron al TEEO la invalidez del proceso de Revocación de Mandato de la Persona Titular de la Gubernatura del Estado de Oaxaca, en el expediente RIN/01/2026 y sus acumulados. El Tribunal determinó inviables las pretensiones de los partidos políticos y, en consecuencia, improcedentes los recursos presentados.
