Informan sobre obligaciones y prohibiciones de automovilistas

automovilistasEstas indicaciones están estipuladas en el artículo 77 del Reglamento de Tránsito del Municipio de Oaxaca de Juárez

Conducir con precaución, revisar las condiciones mecánicas de los vehículos, portar licencia o permiso vigente y no estacionarse en doble fila son tan solo algunas de las obligaciones y prohibiciones que establece el Reglamento de Tránsito del Municipio de Oaxaca de Juárez y que las y los conductores deben respetar.

Cuauhtémoc Zúñiga Bonilla, comisario general de Seguridad Pública y Vialidad Municipal declaró que estas especificaciones están establecidas en el Artículo 77 del mencionado reglamento y tienen la finalidad de promover una cultura vial en la ciudad.

“El Reglamento establece que es obligación de quienes tienen una unidad de motor, conducir con precaución y en uso pleno de sus facultades físicas y mentales, sin llevar en los brazos a personas, mascotas en la ventanilla u otro objeto”.

Declaró que antes de circular por las vialidades deberán revisar las condiciones mecánicas de la unidad, comprobar el buen estado de llantas, limpiadores, sistema eléctrico, dirección, frenos y luces, y verificar que el auto cuente con llanta de refacción en buenas condiciones, extinguidor, herramientas y reflejantes portátiles.

“Es obligatorio que porten la licencia, tarjeta de circulación o el permiso vigente para conducir; acatar las disposiciones relativas a las señales informativas y restrictivas de estacionamiento sobre contaminación ambiental y límites de velocidad; y conservar su carril derecho para permitir la libre circulación por el lado izquierdo, respetando el contra flujo exclusivo para vehículos del transporte público”.

Zúñiga Bonilla también explicó que para el ascenso y descenso de pasajeros, las y los automovilistas deberán hacerlo en los lugares autorizados y con una aproximación de 30 centímetros de la banqueta para evitar accidentes por atropellamiento.

“Es obligación extremar las precauciones, hacer alto total del auto, respetar el cruce de peatones al incorporarse en cualquier vía, al pasar cruceros, rebasar y cambiar de carril, dar vuelta a la izquierda, a la derecha o en ”U”, al circular en reversa, cuando el pavimento esté húmedo y en casos de accidente o emergencia. Asimismo deberán hacer alto total a una distancia mínima de cinco metros del riel más cercano en el cruce del ferrocarril”.

El comisario general de Seguridad Pública y Vialidad Municipal también declaró que es obligación de conductoras y conductores guardar la distancia de 6 metros en las zonas autorizadas para circular a una velocidad de 60 kilómetros por hora, de 3 en la de 30 kilómetros y de 2 metros en las de 20 kilómetros por hora, en relación al vehículo que circula adelante, así como las demás que imponga el Reglamento de Tránsito y otras disposiciones legales.

 

“En caso de alguna infracción, es obligación entregar al policía vial que lo solicite, la licencia o permiso para conducir y la tarjeta de circulación para que procedan al levantamiento del acta correspondiente”.

En cuanto a las prohibiciones, Zúñiga Bonilla señaló que las y los conductores no deben estacionarse en doble fila, realizar el ascenso y descenso de pasajeros sobre el arroyo vehicular, transportar a más pasajeros de los autorizados y conducir un vehículo que no cumpla con los requisitos de la revisión ecológica.

“Queda prohibido que automovilistas molesten a peatones y demás conductores con el uso injustificado de bocinas a alto volumen y escapes, conducir bajo los efectos de drogas, enervantes o en estado de ebriedad; retroceder en las vías públicas de circulación continua o intersecciones, excepto por una obstrucción que impida seguir la marcha”.

Zúñiga Bonilla también subrayó que el Reglamento de Tránsito del Municipio de Oaxaca de Juárez también establece que está prohibido encender fósforos o encendedores, fumar y usar teléfonos celulares en el área de carga de combustible; y que esto no se puede realizar con el vehículo en marcha o con pasajeros a bordo en autos de servicio del transporte público.

Finalmente dijo que está prohibido efectuar carreras o arrancones en la vía pública, obstaculizar los pasos destinados para peatones y rampas exclusivas para el uso de las personas con discapacidad, pasarse los semáforos cuando se iluminen las luces rojas o ámbar; circular con las puertas abiertas y con ayudantes, cobradores o pasajeros en el estribo.

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