¡No solo el AGUINALDO! Éstas son las otras PRESTACIONES que debes recibir en México

El aguinaldo no es la única prestación a la que tienen derecho los trabajadores en el año; empresas están obligadas por ley a cumplir con otras retribuciones.

MILENIO

El aguinaldo es una de las prestaciones laborales que los empleadores están obligados a dar a sus trabajadores antes de que finalice el año, una gratificación que para muchos representa un alivio económico y un colchón para pagar deudas o comprar los regalos navideños.

Sin embargo, ésta no es la única prestación a la que tienen derecho en el último mes del año, ya que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) las empresas también deben cumplir con otras retribuciones.

La ley dicta que todas las personas trabajadoras tienen derecho a otras prestaciones como vacaciones, prima vacacional, seguridad social y pago de salario correspondiente al trabajo desempeñado, y algunas de ellas coinciden precisamente en diciembre.

Éstas son beneficios adicionales al sueldo que los empleadores otorgan a sus colaboradores y se encuentran establecidas en la LFT, lo que las convierte en un derecho de los trabajadores.

El aguinaldo es una remuneración de dinero que hace la empresa a sus trabajadores a final de cada año. (Shutterstock)
El aguinaldo es una remuneración de dinero que hace la empresa a sus trabajadores a final de cada año. | Shutterstock

Aparte del aguinaldo debo recibir…

Antes del 20 de diciembre de cada año los patrones deben pagar a sus trabajadores una cantidad de dinero equivalente, como mínimo, a 15 días de salario, beneficio al que se le denomina aguinaldo, pero además debe respetar las siguientes prestaciones:

  • Días feriados: el próximo lunes 25 de diciembre y el primero de enero de 2024 están marcados en el calendario como días de descanso obligatorio con goce de sueldo, pero si por alguna razón el patrón solicita al trabajador presentarse a laborar éste debe pagarle, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
  • Prima dominical: es el monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana. Ésta equivale al 25 por ciento sobre el salario ordinario diario (salario base).
  • Vacaciones: por ley todos los trabajadores disfrutarán de vacaciones pagadas a partir de un año de servicios, que en ningún caso pueden ser inferiores a 12 días laborables. Estas aumentan en dos días por cada año de trabajo hasta llegar a los 32 días. Algunas compañías conceden estos días justo durante las fiestas decembrinas y la primera semana de enero.
  • Prima vacacional: es la cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones. El pago corresponde al menos 25 por ciento de lo que el trabajador percibe por día, de acuerdo a la LFT.

En caso de que el patrón o empleador no respete alguna de estas prestaciones la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece a los trabajadores asesoría y orientación para hacer valer sus derechos a través de los teléfonos 800 717 2942 y 800 911 7877 o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.

Cabe señalar que las anteriores prestaciones son las mínimas que establece la LFT, existiendo la posibilidad de que los contratos ley, contratos colectivos de trabajo, contratos individuales de trabajo, reglamentos, condiciones generales de trabajo y manuales de prestaciones establezcan mayores beneficios.

Uso inteligente del aguinaldo

Obtener el tan deseado aguinaldo a finales de año implica levantarse temprano durante 365 días para ir a trabajar, enfrentar el tráfico y el transporte saturado, asumir nuevos retos laborales y buscar un equilibrio entre el trabajo, la vida familiar y social.

En reconocimiento de este esfuerzo, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) promueve la generación de conciencia para que cada peso que se recibe del aguinaldo sea cuidado y valorado. “No gastarlo de forma inteligente es un gran error”, señaló en un comunicado.

“Las fechas en las que se recibe el aguinaldo están llenas de emociones, y una buena forma de evitar hacer compras impulsivas es desvinculando la emoción de la temporada navideña. Cuidemos de no caer en este error, ni en las estrategias mercadológicas”, añadió.

Con este fin emitió una serie de recomendaciones para utilizar el aguinaldo de forma inteligente y evitar la tan temida cuesta de enero:

  • Pagar deudas: al reducirlas se mejorará la salud financiera y, por lo tanto, las personas viven con menos estrés financiero; se recomienda incluir las deudas que generan mayores intereses.
  • Recompensa el esfuerzo: si se planea comprar algún producto o servicio en estas fechas es importante cuidar que sea algo que se ocupará personalmente o para la familia y que permita el crecimiento del patrimonio, “de esta forma se puede disfrutar al máximo y por más tiempo”.
  • Ahorro o inversión como medida preventiva: hacer un esfuerzo por ahorrar entre 5 y 10 por ciento del aguinaldo, cuidando siempre que sea en una cuenta que genere rendimientos, puede ser un excelente momento para invertir y CetesDirecto es una opción que el gobierno federal acerca a la población.

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