EXHIBE TEPJF A ORGANOS ELECTORALES DE OAXACA

Al presentar el proyecto, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa destacó que su premisa esencial consiste en armonizar la máxima protección de los derechos humanos de los integrantes de la organización Shuta Yoma con la obligación de cumplir los requisitos legales para conformar un partido político local en el estado de Oaxaca.
Convencida de que esta interpretación es posible, a partir de la acción afirmativa indígena, la
Magistrada recalcó que se realizó un amplio examen del marco jurídico, nacional e internacional, que regula los derechos humanos de asociación política, así como el específicamente previsto para los grupos humanos pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.
Consideró además que la calidad de indígenas les genera una condición extraordinaria respaldada por la Ley Fundamental y los tratados internacionales, cuando pretendan constituirse en un partido político.
Destacó que si Shuta Yoma realizó todos los actos para la obtención de su registro como partido político local (presentación de documentos básicos y realización de una asamblea general y 13 distritales), y añadió que cuando se trata de grupos vulnerables, como los indígenas, el principio de igualdad implica colocarlos en una situación que les permita hacer efectivos los derechos que se les reconocen, tal como lo ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al respecto, organizaciones de indígenas oaxaqueños señalaron que esto prueba la incapacidad de los órganos electorales oaxaqueños que actúan con desconocimiento de las leyes, de manera ligera y arbitraria y atendiendo a intereses ajenos al bienestar de los oaxaqueños. Afortunadamente exhibieron su incapacidad y se está aplicando lo estipulado en las leyes que nos rigen, señalaron.
LAMENTABLEMENTE, A PESAR DE LA ALTERNATIVA DEMOCRATICA QUE SE PRETENDE, EL ORGANO ELECTORAL SIGUE CON LAS PRACTICAS DEL PASADO Y ESO QUE YA SE RENOVO, CAMBIAR PARA QUEDAR IGUAL QUE BARBARO