TEPJF cierra la última oportunidad al PT para conservar su registro

55835a376b2cfEl TEPJF rechazó los últimos 15 recursos de impugnación que interpuso el PT para mantener su registro; el pleno resolvió que para calcular la votación válida sólo había que deducir de la votación total, los votos nulos con lo que negó al PT la solicitud de descontar los votos obtenidos por los candidatos independientes que participaron en la contienda electoral.

CIUDAD DE MÉXICO. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó rechazar los últimos 15 recursos de impugnación que el Partido del Trabajo interpuso en el afán de lograr el tres por ciento de la votación general de las elecciones del pasado 7 de junio y, con ello, mantener su registro como partido político nacional.

Con una votación dividida de 4 a 2, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF rechazaron, en principio, ordenar a la Sala Regional de Monterrey un recuento de los votos de 136 casillas del distrito 7 de San Luis Potosí, como lo había solicitado el PT.

De igual forma, los magistrados resolvieron que para calcular la votación válida del día de la elección sólo había que deducir de la votación total la registrada como votos nulos para candidatos no registrados, con lo que negó al PT la solicitud de que también se descontaran los votos obtenidos por los candidatos independientes que participaron en la contienda electoral.

De haber aceptado esta impugnación del PT, esta resta hubiera hecho que automáticamente, al disminuir el número de votos, el partido de la estrella hubiera aumentado su votación total y con ello alcanzado fácilmente el tres por ciento que necesitaba.

Y es que, de acuerdo con el conteo distrital de votos que llevó a cabo el Instituto Nacional Electoral (INE), se estableció que el PT obtuvo el 2.9916 por ciento de la votación válida, pero la ley establece como requisito mínimo haber obtenido el tres por ciento.

La sesión pública de la Sala Superior del TEPJF inició a las 22:30 horas de este miércoles y los magistrados resolvieron los últimos 15 recursos de reconsideración que interpuso el PT en su búsqueda de votos para alcanzar su meta del tres por ciento de la votación.

Durante la discusión de este caso, el magistrado González Oropeza señaló que “lo que tratamos de dilucidar es si el PT merece perder su registro o no y creo que es un derecho del partido tratar de agotar todos los medios, porque no nada más es una institución, son ciudadanos a quienes en caso de cancelación de registro su derecho político se verá afectado”.

Y añadió que “bajo el interés superior de un partido de conservar su registro considero que sí se debe darle oportunidad al PT para que no haya duda si tiene o no ese porcentaje, porque está a unas centésimas de poder lograr su objetivo”.

No obstante, esta postura no fue respaldada por la mayoría de los magistrados, pues Flavio Galván, Esteban Penagos y María del Carmen Alanís, argumentaron que el PT no puede interponer un recurso de reconsideración cuando no presentó inicialmente un juicio de inconformidad por el mismo asunto.

Así, con el voto definitivo del magistrado presidente Constancio Carrasco, que no expuso los motivos de su voto, apoyó a los tres magistrados que rechazaban conceder la razón al Partido del Trabajo.

Finalmente será el INE, en su sesión del próximo 23 de agosto, al asignar el número de diputaciones por representación proporcional, quien declare en liquidación al PT, esto en caso de que las modificaciones hechas por el tribunal no sean suficientes para llegar al por ciento requerido por la ley electoral.

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