En Sonora, ofrecieron a niña pagar viaje a la CdMx para abortar
Milenio
La familia denunció la violación, el juez reclasificó el delito a estupro y hoy aún está congelada la apelación de la defensa.
México.-La niña Citlali, de 14 años, fue abusada sexualmente el 2 de mayo pasado en su casa por un hombre cercano a la familia, por lo cual quedó embarazada.
La agresión ocurrió cuando en los alrededores estaban los hermanos y otros familiares, también menores de edad, de la niña huichola.
Citlali vive con su familia en Hermosillo, Sonora, donde se presentó una denuncia por violación. La ley contempla y permite la interrupción del embarazo en esos casos.
Sin embargo, el titular del juzgado sexto penal, Jesús Manuel Ibarra Carreón, que en primera instancia conoció el caso, reclasificó el delito a estupro.
De acuerdo con el código penal federal, el estupro es el delito por sostener relaciones sexuales con una persona de entre 12 y 18 años, obteniendo su consentimiento por medio de engaños.
Aunque la defensa de la niña apeló la decisión, por ser vacaciones el recurso no ha sido resuelto en el juzgado penal de lo oral, a cargo del juez Alejandro Bojórquez Osorio.
El 13 de julio la familia de Citlali solicitó al Hospital Infantil de Sonora que le practicaran el aborto por ser víctima de violación. La directora del hospital les notificó que no le practicarían el aborto porque se trataba de un estupro.
Iván Báez Díaz, abogado de litigio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que lleva el caso de Citlali, dio a conocer que interpusieron un recurso de amparo contra la resolución del hospital y la Secretaría de Salud del estado.
La dependencia informó que en coordinación con varias instituciones del gobierno “dan seguimiento y atienden la situación de la niña indígena que resultó embarazada luego de ser víctima del delito de estupro”, pero que el embarazo no se puede interrumpir por no estar clasificado como violación.
“La clasificación del delito de estupro la realizó el juez encargado del caso y las instituciones están obligadas a acatar esa determinación. De conformidad con lo anterior, tratándose del delito de estupro no se permite interrumpir un embarazo, razón por la cual la Secretaría de Salud está imposibilitada legalmente para cumplir con la solicitud del padre de la menor”, explica en un comunicado.
La atención a la niña indígena, con un embarazo de 14 semanas, se centra en servicios de salud, asistencia psicológica, legal y de protección de sus derechos.
“En pleno respeto al proceso y a la secrecía de los detalles de los datos de la menor se puede informar que las instituciones que trabajan en coordinación en este caso son la Secretaría de Salud, la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos de los Niños y las Niñas, en conjunto con la Comisión Estatal de Derechos Humanos”, precisó la Secretaría de Salud.
Puntualizó que la atención a Citlali permanecerá por el tiempo que sea necesario y hasta donde la ley lo permita.
De acuerdo con Regina Tamés, directora de GIRE, la Norma Oficial Mexicana 046 establece que cualquier mujer en cualquier estado puede acceder a la interrupción de su embarazo si acude a un centro de salud y manifiesta haber sido abusada sexualmente.
“Ella tiene derecho como víctima de una agresión sexual a interrumpir su embarazo, no importa la clasificación del delito”, aseguró.
Detalló que el GIRE se enteró de este caso apenas la semana pasada y reprochó que a la niña no se le ofreció ningún tipo de anticoncepción de emergencia tras haber denunciado la violación.
Tamés dijo que la familia consideraba llevar a la niña a la Ciudad de México, donde es legal interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas de gestación, para que pueda abortar.
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Ayer en entrevista con Carlos Puig para el programa En 15 de MILENIO Televisión, la directora de GIRE lamentó que la Secretaría de Salud estatal utilice un tecnicismo legal para impedir el aborto, “no sé si porque están en contra o les dio miedo o definitivamente nada más la discriminaron y pensaron que la vida de esta niña no valía lo suficiente”.
Desmintió que el gobierno de Sonora esté dando atención a la niña. “Lo cierto es que ha habido un par de sesiones de terapia psicológica a Citlali (que es un nombre ficticio). No hay ningún otro apoyo por parte de las autoridades… lo que hubo fue un ofrecimiento verbal por parte de la Secretaría de que le pagaban los boletos de avión a la niña para venirse a la Ciudad de México a abortar.
—¿Entonces le dijeron ‘pues aquí no se puede, pero te pagamos el boleto a la ciudad donde sí se puede’? —preguntó el periodista.
—Sí, eso pasa muy recurrente. Tuvimos un caso en Durango muy similar, pero ahí era una mayor de edad —respondió la activista.
Debido a que se reclasificó el delito como estupro, éste ya ni se considera grave, pues se parte del supuesto de que hubo consentimiento por parte de la víctima. “Cuando se hace la denuncia estaba el sistema penal viejo y luego se cambió al sistema oral, por lo que hay todo un tema procesal”, manifestó Tamés.
En 1999, Paulina del Carmen Ramírez, una indígena oaxaqueña, fue violada en Mexicali, Baja California, resultó embarazada y el Estado mexicano le negó el aborto pese a una recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Siete años después. El gobierno estatal tuvo que indemnizarla a ella y su hijo.