Aprueba Congreso Leyes de Ingresos de municipios de Oaxaca

El Pleno también avala otorgar un plazo adicional a la Comisión Permanente de Hacienda, para la dictaminación de los ayuntamientos restantes

COMUNICADO 

San Raymundo Jalpan, Oax., a 31 de diciembre de 2024. – Por unanimidad, el Pleno de la LXVI Legislatura local aprobó las Leyes de Ingresos de 16 municipios de Oaxaca, para el ejercicio fiscal 2025.

En sesión extraordinaria, las y los congresistas avalaron los dictámenes con proyecto de decreto emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda.

Dichas leyes aprobadas corresponden a los ayuntamientos de San Pedro Yucunama, Santiago Nejapilla y San Antonio Acutla, del distrito de Teposcolula; San Juan Achiutla y Santo Tomás Ocotepec, del distrito de Tlaxiaco; Santa Cruz de Bravo, distrito de Silacayoápam; Teococuilco de Marcos Pérez y Santiago Comaltepec, del distrito de Ixtlán de Juárez.

Así como, Santo Domingo Yanhuitlán, de Nochixtlán; Guadalupe Etla; San Juan Petlapa, Choapam; Candelaria Loxicha, Pochutla; San Felipe Jalapa de Díaz, Tuxtepec; Trinidad Zaachila; Oaxaca de Juárez y la Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo.

En este sentido, previamente, en sesión ordinaria, la Sexagésima Sexta Legislatura aprobó con 42 votos a favor un punto de acuerdo que otorga un plazo adicional a la Comisión Permanente de Hacienda para la presentación de los dictámenes de las Leyes de Ingresos Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2025.

Esta medida busca garantizar un análisis exhaustivo de las propuestas financieras presentadas por los ayuntamientos de la entidad.

La proposición fue presentada por el referido órgano legislativo, con la finalidad de tener un tiempo suficiente para hacer la evaluación con transparencia y precisión.

Con esta resolución, la Cámara de diputadas y diputados reitera su compromiso de fortalecer la planeación financiera de las comunidades, brindándoles herramientas para una gestión fiscal adecuada que promueva el desarrollo y atienda las necesidades en las ocho regiones del estado.

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