Poder Legislativo reforma el Código Penal para endurecer penas por falsificación de documentos y combatir el despojo de inmuebles

El Pleno de la LXVI Legislatura modificó el ordenamiento para imponer de cuatro a ocho años de prisión por este delito

COMUNICADO

San Raymundo Jalpan, Oax., a 29 de septiembre de 2026.- La LXVI Legislatura del Poder Legislativo aprobó reformas al Código Penal estatal para incrementar las penas por el delito de falsificación de documentos públicos y privados, así como incorporar un régimen de sanciones agravadas e inhabilitación cuando la conducta sea cometida por personas servidoras públicas o notarios públicos.

De acuerdo con el Dictamen presentado en Sesión Ordinaria y elaborado por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, las modificaciones al artículo 226 establecen una pena de cuatro a ocho años de prisión y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA). Con ello, se actualiza el marco normativo anterior, que contemplaba de seis meses a tres años de prisión y multas de 15 a 30 días, sanción que resultaba desproporcionada frente al daño económico generado a las familias oaxaqueñas.

El Decreto adiciona también el artículo 226 Bis, el cual establece que, cuando la falsificación sea realizada por una persona servidora pública o por un notario público, la pena de prisión se incrementará hasta en una mitad más. Asimismo, la norma sanciona a las personas servidoras públicas con la inhabilitación para ejercer su empleo por un periodo equivalente al de la pena de prisión impuesta. En el caso de los notarios públicos, se establece la inhabilitación para ejercer la patente o fiat por el mismo periodo de la pena de prisión impuesta.

La reforma busca frenar esquemas delictivos orientados al apoderamiento ilegítimo de bienes inmuebles de alta plusvalía mediante la alteración de instrumentos notariales y actos oficiales. Las modificaciones aprobadas responden a la necesidad de fortalecer la certeza jurídica, desincentivar el uso ilegal de las instituciones del Estado y garantizar la proporcionalidad del castigo frente al impacto patrimonial que sufren las víctimas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button