Sentencia confirma falsedad de documento de Toro Ferrer aportado en juicio contra expropiación de Exfábrica de Triplay

En este acto se destacó la falsedad de los documentos con los que el quejoso pretendía acreditar su personalidad

COMUNICADO 

 

Oaxaca de Juárez, Oax. 22 de octubre de 2024.- El Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca, del Poder Judicial de la Federación, Víctor Manuel Jaimes Morelos, emitió la sentencia que resuelve el juicio de amparo promovido por, Enrique Gerardo Toro Ferrer en contra del Gobernador del Estado, y con el cual buscaba detener la construcción del “Parque Primavera Oaxaqueña”.

 

De acuerdo con la resolución del expediente PRAL. 831/2023 se declaró fundado el incidente de objeción de documentos planteado por el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Geovany Vásquez Sagrero, en representación del Gobernador, Salomón Jara Cruz.

 

Las pruebas de inspección judicial, testimonial y documentales aportadas por la representación jurídica del Gobernador acreditaron que era apócrifo el supuesto testimonio notarial que contenía un poder general para pleitos y cobranzas otorgado a Toro Ferrer por María Elena Medina López (fallecida), ya que se demostró que en el protocolo del Notario Público No. 100 en el Estado, nunca se celebró dicho acto jurídico.

 

Por ello, la sentencia resolvió sobreseer el juicio de amparo promovido por Toro Ferrer, es decir, no se atendió la pretensión de su demanda, porque le faltó acreditar un requisito procesal indispensable para comparecer al juicio, que en este caso fue la personalidad. Por ello, el juez consideró evitar estudiar el fondo del asunto, pues el quejoso carecía de interés legal para demandar.

 

Falsedad de documentos y búsqueda de indemnización millonaria.

 

“Enrique Toro Ferrer, carece de todo valor probatorio jurídico, pues como se advierte del considerado que antecede, en este juicio se acreditó plenamente que en el original de ese protocolo, no obra la firma autógrafa en el espacio designado para ello de la otorgante, María Elena Medina López” es el extracto de la sentencia que define la calidad de apócrifo del documento aportado por el quejoso.

 

Cabe mencionar que, con este amparo presentado como presunto apoderado legal de la señora María Elena Medina López, Toro Ferrer quería frenar la construcción del “Centro Cultural, Deportivo y de Manejo Ambiental de la Zona Poniente de Oaxaca de Juárez”, que beneficiará a más de 400 mil personas en términos de lo fundado en el Decreto Expropiatorio del 17 de julio de 2023.

 

Además, en caso de un fallo a su favor, Enrique Toro buscaba hacerse de manera ilegal de más de 49 millones de pesos por concepto de indemnización.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button