Ensayos, insaculación y campañas: así se propone elegir a jueces, magistrados y ministros en la Reforma Judicial

Según el dictamen, los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial deberán proponer un cierto número de candidatos para ser sometidos al voto popular.

MILENIO

El dictamen para la Reforma al Poder Judicial desató una ola de protestas y suspensiones laborales en sus distintos niveles a lo largo y ancho de México, bajo consignas de “Los foros fueron pura simulación”, “Sí a la carrera judicial, no al voto popular”, “¡Juzgar no es asunto de popularidad!”, entre muchas más.

La columna vertebral de la iniciativa impulsada para poner al Tercer Poder de la Unión “al servicio del pueblo”— en palabras de López Obrador— es la elección de jueces, magistrados y ministros a través del voto popular. ¿Pero cómo sería ese proceso?

Uno de los puntos que el dictamen propone modificar en su totalidad es del Artículo 96 de la Constitución, respecto al procedimiento para nombrar a ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), erradicando la presentación de la terna de aspirantes; las rondas de discusión en el Senado y la eventual designación por parte del o la Presidenta.

Así, el dictamen plantea someter a ministras, ministros, magistradas, magistrados, juezas y jueces de distrito al voto de la ciudadanía; toda vez que sus candidaturas sean impulsadas y avaladas en un procedimiento donde se involucrarán los Tres Poderes de la Unión.

El punto de partida sería el Senado de la República con la publicación de la respectiva convocatoria, en la cual se desglosarán las etapas, las fechas improrrogables y los cargos a elegir. Estos últimos, señala el documento, serán comunicados a la Cámara Alta por el Órgano de Administración Judicial, el cual también dará a conocer la especialización por materia, el respectivo circuito judicial y demás información de las vacantes.

La Reforma Judicial desató una oleada de manifestaciones, paros y suspensiones laborales. | Alice Moritz (Cuartoscuro)
La Reforma Judicial desató una oleada de manifestaciones, paros y suspensiones laborales. | Alice Moritz

La primera depuración

La reforma concederá a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial la capacidad de proponer un cierto número de candidaturas a los cargos publicados en la respectiva convocatoria. Pero para llegar a ese punto se deberá pasar por un primer proceso de evaluación y selección de aspirantes.

Bajo ese tenor, cada una de las partes establecerá sus mecanismos que permitan la participación de las y los interesados quienes no sólo deberán cumplir con los requisitos para las vacantes (también reformados), también presentar un ensayo de motivos de tres cuartillas y cinco cartas de referencia “de vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad”.

Cada uno y de los perfiles se remitirán a un Comité de Evaluación— que cada Poder deberá crear con cinco personas “reconocidas en la actividad jurídica”— para así conformar dos listados con un número de personas mejor evaluadas, según el caso:

  • Las 10 mejores para cada cargo en los casos de Ministras y Ministros de la SCJN, de la Sala Superior y Salas Regionales del Tribunal de Disciplina Judicial.
  • Las seis mejores evaluadas para cada cargo en los casos de Magistradas y Magistrados de Circuito, y Juezas y Jueces de Distrito.

Estos listados se “depurarán” mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones que cada Poder de la Unión tiene derecho en cada cargo. Una vez ajustados, los perfiles se remitirán a la o el representante del Legislativo, Ejecutivo y Judicial para su aprobación y envío a la Cámara de Senadores.

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¿Cuántas candidaturas puede proponer cada Poder?

Como se mencionó anteriormente, cada uno de los Poderes de la Unión llevará a cabo ese “primer filtro” a fin de obtener el número de candidaturas que el aún dictamen de Reforma Judicial les concedería.

Por ejemplo para el caso de Ministras y Ministros de la SCJN, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del TEPJF e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, cada uno de los tres poderes tendrá derecho a postular a tres personas para cada cargo:

  • El Poder Ejecutivo enviará sus aspirantes por conducto de la Presidenta de la República.
  • El Legislativo propondrá una por la Cámara de Diputados y dos por Senadores; las tres aprobadas por mayoría calificada (dos terceras partes).
  • Mientras que las del Judicial se harán por conducto del Pleno de la SCJN y avaladas por mayoría de seis votos.

En tanto para Magistradas y Magistrados de Circuito, así como Juezas y Jueces de Distrito, cada Poder postulará hasta dos personas en cada vacante: el Ejecutivo a través de su titular; el Judicial por el Pleno de la SCJN y avalado con seis votos; y el Legislativo enviará una persona por cada Cámara respaldada por las dos terceras partes.

Cabe señalar que las personas candidatas podrán ser postuladas simultáneamente por uno o varios Poderes de la Unión, siempre y cuando aspiren al mismo cargo.

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¿Cómo serían las campañas?

Las postulaciones “finales” se enviarán al Senado de la República para así remitirse al Instituto Nacional Electoral (INE) a fin organizar las jornadas electorales y, posteriormente, encargarse de los cómputos y entrega de constancias. Las campañas durarían 60 días, sin etapa de precampaña.

En ese periodo cada aspirante tendrá derecho de acceso a radio y televisión de manera igualitaria, así como a foros de debate organizados por el organismo electoral u otros del sector público, privado o social. No obstante estará prohibido la contratación de espacios en medios para su promoción, así como el financiamiento público o privado de sus campañas; actos de proselitismo de partidos políticos y personas servidoras públicas.

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