Demanda Lucila Fernández a legisladores locales

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Nahum Villavicencio

Foto: Achivo Patricia Castellanos

Lucila Fernández Ruiz, presidenta de la asociación civil Unión de Gestores e Intermediarios del Estado de Oaxaca, interpuso una demanda de juicio político contra los legisladores locales que integran la Comisión Permanente Instructora de la Cámara de Diputados del Estado, derivado de la omisión que tuvieron en el procedimiento de la solicitud de juicio político contra funcionarios de la administración estatal.

El juicio político solicitado por Fernández Ruiz en contra de Marco Tulio López Escamilla, José Antonio Estefan Garfias, Oscar Noé Martínez Morales y Gerardo Cajiga Estrada tuvo omisiones en su procedimiento por lo que ahora el trámite es solicitado en contra de los diputados que conforman la comisión Instructora de la LXI Legislatura, además de que se seguirá un procedimiento para intentar revertir el falló.

En entrevista la denunciante destacó que en el procedimiento que se solicitó al Congreso del Estado por usurpación de funciones por parte de los titulares de la SSPO, Tránsito Estatal, la Secretaría de Vialidad y Transporte y la Secretaria de Finanzas, los diputados Ángela Solís Hernández, María Rojas, Aleida Tonelli Serrano Rosado y Luis de Guadalupe Martínez Ramírez cayeron en actos de omisión.

Destacó que “por los actos de omisión en que incurrieron al omitir, observar y ejecutar el procedimiento que se establece en la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado de Oaxaca”, con fecha 23 de mayo quedo ratificada la solicitud de “Juicio Político” en contra de los legisladores.

“Primero. Por los actos de inobservancia al procedimiento de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca en los artículos 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, respectivamente.

“Segundo. Por el acto de omisión en que incurrieron los integrantes de la Comisión Instructora de la LXI Legislatura del Estado de Oaxaca, al omitir notificar a la quejosa en tiempo y forma, omitir abrir el periodo de pruebas y omitir dar a conocer y poner a la vista de la quejosa por la manifestado por las autoridades demandadas y por la omisión de dar a conocer el acuerdo mediante el cual se turna a pleno la queja para su análisis; como también la omisión al no dar a conocer el acuerdo tomado por el pleno de la H. Cámara de Diputados del Estado de Oaxaca.

“Tercero. Bajo este tenor y conforme a derecho, se solicita se acepte la denuncia de declaratoria de improcedencia, asimismo, de juicio político en contra de los integrantes de la Comisión Instructora de la LXI Legislatura del Estado de Oaxaca”.

Refirió que el pasado 11 de octubre del 2012 presento una denuncia de juicio político ante la legislatura en contra de los funcionarios públicos, misma que quedo ratificada el 19 de ese mismo mes, ante el oficial mayor de la LXI Legislatura.

Para el mes de febrero del 2013, dado que no se había dado a conocer algún informe o notificación sobre el estado procesal que guardaba el expediente por parte de la comisión instructora, se inició la queja ante la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca abriéndose así el expediente con el número DDHPO/1707/(01)/OAX/2012.

Posterior a ello en el acuerdo de inicio del Expediente 348 para ese mismo mes se informó que Oscar Noé Martínez Morales, director general de Tránsito del Estado no es sujeto a juicio en base a los artículos 117 de la Constitución Política y 7 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

Después de dar ese primer y único informe la comisión instructora no otorgo los tiempos en los cuales se desahogarían las pruebas, y tampoco se le manifestó ningún otro acuerdo o trámite efectuado.

Por esta situación acredita y demuestra dijo el acto de omisión con el cual actuó la Comisión Instructora, toda vez que supuestamente el pasado 27 de marzo del 2013, en pleno se acordó la improcedencia del juicio político, según apareció en redes sociales y de comunicación.

Con el objetivo entonces de robustecer y acreditar los hechos que se denuncian, la denunciante solicito se le requiera a la Comisión Instructora el acuerdo mediante el cual se abrió el periodo de pruebas.

Asimismo se exhiban los documentales que acrediten que se puso a vista y se le notificaron las pruebas que emitieron los secretarios en cuestión, además de que pide se exhiba el acuerdo de votación emitido por el pleno de la Cámara y que en tiempo y forma se señale la fecha y hora para realizar la ratificación correspondiente a la denuncia que presentó.

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