Fortalece PRD representación ante el IEEPCO

 

Comunicado

Ariel Orlando Morales Reyes y Brian González Mijangos, nuevos representantes de este instituto político ante el órgano electoral

Con la finalidad de fortalecer la representación del PRD ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 76 inciso K) del estatuto del Sol Azteca, la dirigencia estatal de este instituto nombró como sus nuevos representantes ante el órgano electoral a los licenciados Ariel Orlando Morales Reyes y Brian González Mijangos, como propietario y suplente respectivamente.

En esta nueva etapa rumbo al triunfo electoral el 5 de junio, para el Sol Azteca es una prioridad la profesionalización de sus representantes ante la autoridad electoral en aras de la defensa jurídica del partido.

El presidente del Comité Ejecutivo Estatal del PRD Carol Antonio Altamirano, señaló que con estas designaciones, este instituto político se fortalece y reconoció la probada capacidad, experiencia y profesionalismo de los nuevos representantes perredistas.

PRDEl líder estatal del Sol Azteca dijo que en este proceso electoral, el PRD va con ánimo constructivo y propositivo, y que en ese sentido, será el papel que desempeñen Ariel Orlando Morales Reyes y Brian González Mijangos.

“Tenemos un PRD que le apuesta al diálogo y a las propuestas concretas. Nuestro partido tendrá un desempeño institucional en el IEEPCO, velando siempre por el interés general del partido y por la democracia en Oaxaca”, indicó.

Carol subrayó que los nuevos representantes del PRD ante el IEEPCO vigilarán que se cumplan los principios rectores en materia electoral, como son la legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza e independencia.

En breve, el IEEPCO tomará la protesta de ley a los nuevos representantes con fundamento a lo dispuesto por los artículos 18 fracción IV y 100 fracción VII del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca y 23 párrafo 1 inciso J) de la Ley General de Partidos Políticos.

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