Se acreditan nuevas autoridades municipales en SEGEGO

SEGOComunicado.

Son 62 ayuntamientos y aproximadamente 1,500 autoridades auxiliares.

 La Secretaría General de Gobierno (SEGEGO) empezó este lunes la acreditación de las 62 nuevas autoridades de municipios que se rigen por el sistema normativo interno (usos y costumbres), por el periodo de un año,  las cuales asumieron su cargo el pasado 1 de enero.

 Dentro de los documentos que presentan en la Dirección de Gobierno, ubicado en el edificio 4 “Rodolfo Morales”, planta baja, están: la Constancia de mayoría certificada por el Organismo Público Local del Estado de Oaxaca – Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana; Acta de elección por la asamblea con firmas de los asistentes; Acta de Instalación del H. Ayuntamiento;  primer acta de cabildo en la que se ratifican regidurías y se asigna comisiones, así como el Acta de entrega recepción del Ayuntamiento y/o acta circunstancial.

 Asimismo, los nombramientos expedidos por el presidente municipal entrante, especificando la regiduría de cada concejal; número telefónico oficial y correo electrónico; acta de nacimiento original reciente, credencial de elector (INE), comprobante de domicilio, CURP y tres fotografías tamaño infantil a color de frente, de papel mate de cada integrante del ayuntamiento.

 También los sellos oficiales de periodo anterior o acta de hechos ante el ministerio público, si es que no fueron entregados por la administración anterior, y finalmente un oficio dirigido al director de Gobierno, solicitando el registro y la credencialización de los concejales, así como del secretario y tesorero.

 Para la acreditación de Secretario y Tesorero se entregan acta de cabildo en la que se nombra al funcionario; Acta de toma de protesta; Acta de nacimiento original reciente; credencial de elector INE; CURP; comprobante de domicilio; tres fotos tamaño infantil; acuerdo de liberación de fianza (para el tesorero) firmado por el cabildo; sellos oficiales del periodo anterior o acta de hechos ante el ministerio público si es que no fueron entregados por la administración saliente.

 Cabe señalar que se revisaron los anteriores lineamientos relativos al nombramiento del secretario y tesorero, y ahora establece que dichos nombramientos sean a propuesta del presidente municipal y se realicen en sesiones de cabildo convocada exprofeso y presidida por él mismo. El acta de sesión de cabildo deberá estar firmada invariablemente por el Presidente Municipal.

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