Publican el reglamento de la Ley General de Cultura

EXCELSIOR

Momentos antes de que finalizara el sexenio priista- y con un año de rezago- fue publicado el reglamento

CIUDAD DE MÉXICO.

Cuarenta y ocho horas antes de que finalizara la administración de Enrique Peña Nieto, el Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales fue publicado el jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El estatuto, que comprende ocho capítulos, seguía pendiente después de que en junio de 2017 fue aprobada la ley que rige la cultura en México.

Además de un capítulo especial para el Programa de Asignación de Vales, el reglamento incluye una sección especial dedicada a los llamados “derechos culturales”, en el que se reconocen al menos ocho de ellos.

También establece que es obligación de “todas las autoridades pertenecientes a la Administración Pública Federal (…), proteger, respetar y promover los derechos culturales, debiendo hacer uso de los medios jurídicos que estén a su disposición. El incumplimiento a lo previsto en el párrafo anterior se sancionará conforme a lo previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables”.

Entre los ocho derechos que se reconocen —tanto “a título individual o colectivo”— se encuentran el de elegir y que se respete la identidad cultural, “en especial, en relación con la libertad de pensamiento, conciencia, religión, opinión y de expresión”; también está el de conocer todos los derechos culturales y sus valores, a la información y a los patrimonios culturales que constituyen expresiones de las diferentes culturas”.

También reconoce la elección libre para identificarse o no con una o varias comunidades culturales; asimismo, negarse a ser identificado con una comunidad cultural; a acceder y participar en la vida cultural a través de las actividades que libremente se elija; a una formación que contribuya al libre y pleno desarrollo de su identidad cultural; a la libertad de expresión, que incluye la expresión artística, y al desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece.

 

ALIANZA PÚBLICO-PRIVADA

 

El capítulo séptimo se refiere específicamente a la participación de los sectores privado y social, y en él se establece que esa alianza deberá concertarse a través de convenios que tendrán varios propósitos: “Establecer una participación corresponsable entre autoridades y la sociedad, en la planeación y evaluación de la política pública en materia cultural”.

Asimismo: “Promover y concertar con los sectores privado y social los convenios para la investigación, conservación, promoción, protección y desarrollo del Patrimonio Cultural”.

Y por último: “Impulsar una cultura cívica”, así como “promover campañas de sensibilización, difusión y fomento”.

 

LOS VALES

 

Respecto a la asignación de los llamados vales de cultura —cuya distribución no ha sido pareja en el territorio nacional como consignó ayer esta sección en su nota principal—, el reglamento afirma que la Secretaría de Cultura deberá convocar a los tres órdenes de gobierno a participar en el programa, conforme las reglas de operación que expida la misma dependencia. El programa, dice, comprenderá: apoyo a proyectos culturales comunitarios, realización de actividades culturales y artísticas, y las demás acciones que planteen los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías.

La Secretaría establecerá los mecanismos idóneos que permitan a la población conocer los servicios y prestaciones contenidos en el Programa de Asignación de Vales, los sujetos beneficiarios, los requisitos para acceder a ellos y la demás información que facilite el ejercicio efectivo de los derechos culturales de las personas pertenecientes a Sectores Vulnerables”, señala el artículo 8.

 

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