Por mayoría TEEO validó la elección en San Juan Mazatlán Mixe

Paloma Duarte:

Por mayoría Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca validó la elección en San Juan Mazatlán Mixe, lo que conlleva a que se reconozca como edil de esa localidad a Macario Jiménez.

Los magistrados que votaron bajo el expediente JNI/201/2017consideraron que los agravios fueron infundados e inoperantes. Y es que, en el escrito que presentaron quienes impugnaron el proceso, argumentaron que el padrón nominal fue menor a la votación de las comunidades.

Los Magistrados, coincidieron en que tales afirmaciones son infundadas, debido a que en las asambleas anteriores no se ha utilizado la lista nominal del INE o un padrón comunitario, por ello también la omisión de las comunidades de entregar un padrón comunitario es insuficiente para declarar la nulidad de la votación.

Finalmente no existió evidencia de votación de menores de edad o fallecidos, en las actas se desprende que si bien se encuentran listados los nombres de los ciudadanos que acudieron a votar, así como las firmas y huellas, no se anotó la Clave Única de Registro de Población, por lo que no es dable concluir que se trata de los mismos ciudadanos, toda vez que bien podrían ser homónimos de los asistentes.

El voto en contra únicamente fue del Magistrado, Raymundo Wilfrido López Vásquez, quien consideró que la asamblea extraordinaria de elección debió anularse porque en el Consejo Municipal Electoral no estuvieron presentes los 34 integrantes del Consejo.

“Si es un acto democrático nos debemos regir al principio de la mayoría y para llevar a cabo el cómputo que es un momento tan importante, quizás el más importante, porque ahí se define quién es el que ha ganado, no existía ni siquiera la mayoría”, afirmó.

Durante la Sesión Pública, el Pleno del TEEO también validó la asamblea de elección ordinaria de Concejales al Ayuntamiento de Santo Domingo Roayaga, respecto al agravio relativo a la violación de su derecho de sufragio universal, los Magistrados estimaron infundados los agravios, debido a que en las asambleas electivas se respetó el Sistema Normativo Interno de la Comunidad, como se ha venido empleando desde años ancestrales, es decir únicamente con la concurrencia de la cabecera municipal.

Lo anterior es acorde con las disposiciones constitucionales y convencionales, así como con criterios emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que se reconoce el derecho de las comunidades indígenas a autodeterminarse.

En virtud que se suscitaron algunos incidentes que alteraron el orden de la sesión, esta fue suspendida y reanudada el día lunes 19 de marzo, en la cual se desahogaron el resto de asuntos enlistados para resolver en Sesión Pública.

Por unanimidad de votos, el Pleno del TEEO ordenó al Instituto Estatal Electoral designe a los Directores Ejecutivos y a los 4 Titulares de las Unidades Técnicas del IEEPCO, asimismo se exhortó al Concejo General del IEEPCO para que en lo subsecuente se conduzca con diligencia y cumpla con lo dispuesto en la ley de la materia en los plazos otorgados por la misma.

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