Por actos anticipados, sanciona IEEPCO a José Escobar

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Jesús Cabrera

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) determinó la sanción en contra de José Escobar por actos anticipados de campañan

El Consejo sostuvo que la resolución de la Comisión de quejas y denuncias determinó como fundado el proceso presentado en contra del ciudadano José Escobar Gómez, por la presunta infracción al artículo 144 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEEO).

Víctor Manuel García García, en su carácter de ciudadano presentó la denuncia formal en contra del ciudadano José Escobar Gómez, por la presunta realización de, actos anticipados de precampaña ilegal, efectuada en la jurisdicción del Municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, en tiempos no permitidos por la Ley.

En queja sustentada con diversas fotografías, el quejoso argumenta que el C. José Escobar difunde su nombre, así como parte de su plataforma electoral y programa de acción de su aspiración para ser postulado por el régimen de Partidos Políticos, como candidato al cargo de presidente municipal de Oaxaca de Juárez, en tiempos no permitidos por la Ley.

Ante ello,  el Consejo determinó la  imposición  al ciudadano José Escobar Gómez, una amonestación pública y se le ordena el retiro físico de la propaganda en un plazo no mayor a 48 horas a partir de la notificación del acuerdo aprobado por el Consejo General en sesión extraordinaria.

La sanción se aplica de acuerdo a lo establecido en el artículo 281 del CIPPEEO, el cual faculta al órgano electoral, para que dentro del catálogo de correctivos aplicables, determine la correspondiente a la conducta del sujeto infractor y, que a su vez, sea bastante y suficiente para prevenir que cualquier ciudadano o precandidato realice una falta similar.

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