Ordena TEEO nueva elección en Santa María Ixcotel

Comunicado
Por omisión, ordena a Presidenta Municipal de Juchitán de Zaragoza emitir convocatoria de elección en La Ventosa

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenó realizar nuevas elecciones en la Agencia de Santa María Ixcotel perteneciente al Municipio de Santa Lucía del Camino, de igual manera ordenó a la Presidenta Municipal de Juchitán emitir la convocatoria de elección para la elección de Agente Municipal en la Ventosa.

En el expediente JNI/126/2017 y sus acumulados, relativo a la elección de Santa María Ixcotel, los demandantes promovieron un juicio donde solicitaron la invalidez de la elección de cinco de marzo de 2017, al analizar el expediente los Magistrados dieron la razón a los actores debido a que se vulneró la autonomía de la Agencia Municipal relativa a su libre determinación, esto debido a fue el presidente municipal del Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino quién emitió la convocatoria de elección y no la comunidad en cuestión.

Por estas razones, el Pleno del TEEO vinculó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, a través de la Dirección de Sistemas Normativos Internos a coadyuvar en la realización de elecciones extraordinarias en la Agencia Municipal de Santa María Ixcotel.
Por otra parte, José Carlos Vera y Jorge Valdivieso Vega demandaron ante este órgano jurisdiccional la omisión de la Presidenta Municipal de Juchitán de Zaragoza de emitir la convocatoria para la elección de autoridades auxiliares en la Agencia Municipal de la Ventosa.

Al analizar el expediente JDC/40/2017, los magistrados encontraron que la Presidenta Municipal no ha realizado los esfuerzos necesarios para llevar a cabo la elección, por lo anterior el Pleno del TEEO ordenó a la autoridad responsable emitir inmediatamente la convocatoria para la elección de Agente Municipal de La Ventosa, la cual deberá celebrarse en un plazo no mayor a 15 días contados a partir de la emisión de la convocatoria.

Confirman elección en Pueblo Nuevo y San Juan Evangelista, San Juan Lalana Choapam
Durante la sesión pública, el TEEO confirmó la elección de Agente Municipal de Pueblo Nuevo, lo anterior debido a uno de los requisitos para poder ejercer el derecho a votar fue contar con credencial para votar con domicilio ubicado en la Agencia Municipal y en la sección electoral correspondiente, de tal forma que la demanda planteada por Gaudencio Mendoza Sánchez en el expediente RIN/AG/01/2017 no actualizó violación alguna a las reglas previstas con anterioridad en la convocatoria de elección.

De igual manera, los magistrados confirmaron la elección en el Núcleo Rural de San Juan Evangelista perteneciente al municipio de San Juan Lalana Choapam, ya que la Asamblea de 28 de noviembre de 2016 se instaló y llevo a cabo por los integrantes del Núcleo Rural, reuniendo con ello el procedimiento de elección que se ha realizado durante años, respetando así la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas.

Finalmente, este órgano colegiado declaró infundados los agravios de Miguel Espinoza López quién solicitó se anulara el nombramiento de Omar Reyes como Delegado de la Colonia el Bajío, perteneciente al Municipio de Santa María Petapa, respecto a este asunto los Magistrados declararon como no procedente el juicio debido a que no son autoridades auxiliares municipales, sino órganos de comunicación entre la comunidad y las autoridades municipales por lo que sus funciones son únicamente relativas a la contribución al desarrollo de su comunidad.

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