Exhorta IMSS a todas las mujeres a informarse sobre la incapacidad por maternidad

Comunicado

· La etapa del embarazo, es sin duda para todas las mujeres un hecho único y maravilloso el cual se debe disfrutar mes a mes, el desarrollo y crecimiento del bebé, sin mayor precedente.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informa a todas sus derechohabientes que se encuentran en periodo de gestación, sobre los requisitos a cubrir para obtener su incapacidad por maternidad, así como el subsidio que se le otorga a la futura mamá.
Al respecto la titular de la Jefatura de Servicios de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, Alma Cuevas Arrollo, refiere que, el certificado de incapacidad es aquel que justifica la ausencia del centro laboral y se otorga a la futura mamá una vez que el médico de la Unidad Médica Familiar, certifique el embarazo y fecha probable del parto, contando con 84 días naturales de descanso previo y posterior al parto.
Lo anterior cumpliendo con los requisitos de estar inscrita como trabajadora ante el IMSS, y haber asistido a su consulta, donde determinarán el número de citas médicas así como la fecha en la que se expedirá su incapacidad, esto si se decide que el parto sea dentro del Instituto, de lo contrario debe acudir cualquier día de la semana 34 de gestación para que se expida el certificado único de incapacidad por maternidad o para solicitar la transferencia de semanas del periodo de descanso prenatal al postnatal.
Se podrán transferir de una a cuatro semanas del periodo de descanso prenatal al postnatal, para ello se deberá llenar el formato de solicitud de transferencia de semanas, así como obtener el consentimiento del patrón y del o los médicos tratantes. Esto suponiendo que tanto la madre como él bebé se encuentren en perfecto estado y no presente ningún signo de alerta que impida la transferencia de semanas que se solicita, indicó Cuevas Arroyo.

De igual forma indica que, en caso de que no se le hubiera expedido un certificado, la madre sólo podrá disfrutar de los 42 días de descanso posteriores al parto, sin embargo si su parto se retrasará, los días posteriores se cubrirán con incapacidades de enlace, que pueden amparar hasta 21 días.
En cuanto al subsidio, la titular de la Jefatura de Servicios de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, refiere que es el pago del cien por ciento del salario de cotización que otorga el IMSS por los días que se encuentre de incapacidad, esto sólo si se cumple con los requisitos.
Para ello deberá tener por lo menos 30 semanas cotizadas en los últimos 12 meses previos al inicio de la semana 34 de gestación y podrá cobrase a partir del tercer día de haber recibido el certificado de incapacidad.
Finalmente, se invita a todas las mujeres que se encuentran embarazadas, a comenzar con una dieta especial para el embarazo, a base de frutas frescas y verduras, hacer ejercicio acorde, así como asistir a todas sus consultas médicas prenatales aun si se sienten bien, pues cada visita le brindará información relevante sobre la salud de su bebe.

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