Detrás de la noticia: Estado-nación, sociedad y familia mexicanos, fallidos

Alfredo Martínez de Aguilar

Sin pecar de alarmista, mucho menos de agorero del desastre podemos adelantar que los devastadores desastres naturales continuarán creciendo en frecuencia, intensidad y magnitud.
Son resultado de la vulnerable ubicación geográfica continental de México. Inmensamente rico con diez mil kilómetros de litoral en ambos océanos. Pero altamente susceptible a catástrofes.
Jamás debemos olvidar que nuestro país se asienta sobre cinco placas tectónicas continentales: la norteamericana, la de Cocos, la placa del Caribe, la del Pacífico y la de Rivera.
Y oaxaca está ubicada sobre tres de estas cinco placas tectónicas por lo que la liberación de la energía de la tierra es algo a lo que los mexicanos deberían estar habituados.
No es menos cierto que, también son resultado de nuestras reiteradas estupideces al contribuir en mayor o menor medida a destruir el planeta. Le hemos ido convirtiendo en queso gruyere.
Las pruebas nucleares en el subsuelo son espectaculares, pero es más dañina la sobreexplotación de los yacimientos de combustibles fósiles vía el fracking, la extracción de agua y de minerales.
Con motivo de ello, a querer o no, guste o no, aunque pretendamos cerrar los ojos a la realidad, surgen innumerables preguntas. Éstas empiezan por cuestionarnos por qué pasa lo que ocurre.
Ensoberbecidos por el avance tecnológico, el poder y el dinero, la mayoría de los gobernantes, servidores públicos y políticos, toman decisiones equivocadas que destruyen la Tierra.
La pérdida del sentido común en las personas adultas en general, nos ha llevado a olvidar que la Tierra es un ser vivo que lanza gritos de protesta y ayer de dolor para no seguir siendo dañada.
Unos y otros hemos olvidado que debemos y tenemos que respetar la armonía y el equilibrio universal, actitud y conducta que cada día asumimos menos, salvo honrosas excepciones.
En conclusión, para decirlo con palabras claras y llanas, cosechamos lo que hemos venido sembrando en los dos últimos siglos la anarquía como principal fuente de riqueza mal habida.
Los mexicanos en general y de manera particular los oaxaqueños, hemos convertido la falta de respeto a la Ley en la principal palanca de crecimiento y desarrollo personal, familiar y social.
En otras palabras, existe un Estado-nación fallido, porque está fallando la familia como célula básica de la sociedad y en consecuencia falla ésta al igual que la escuela como educadora.
Durante la cuarta sesión del Curso-Taller sobre el Sistema Penal Acusatorio, organizado por el Tribunal Superior de Justicia, tuvimos oportunidad de conocer una dramática realidad: muchas madres renuncian a sus hijos.
Gabriela Rodríguez Farfán, Facilitadora del Juzgado de Adolescentes, reveló el aumento de casos de madres que otorgan la guarda y custodia de los hijos a los padres. Renuncian a sus hijos.
El procedimiento forma parte de la Justicia Alternativa, cuya Mediación restaura los conflictos jurídicos por su propia voluntad vía el diálogo y conciliación para evitar juicios.
Esta decisión válida, lícita y legal, pero a nuestro juicio controvertida desde el punto de vista moral y ético tiene graves repercusiones familiares, sociales y nacionales a la vista de todos.
El efecto social multiplicador es terriblemente impactante, porque la madre es la educadora natural de los hijos. No hay que olvidar la que educación se mama de la madre en el hogar.
La mediación proporciona alternativas de solución pacífica por medio del diálogo en asuntos de naturaleza civil, familiar, mercantil, penal y vecinal, informó la directora del Centro de Justicia Alternativa (CJA) del Poder Judicial del Estado, Betzzaida Cruz Mendoza, quien indicó que de esta manera los ciudadanos tienen la posibilidad de restaurar los conflictos jurídicos por su propia voluntad, acción que demuestra una expresión de civilidad y respeto.
Explicó que a partir de la entrada en vigor de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal -ordenamiento del Sistema de Justicia Penal Acusatorio que establece las salidas alternas para la solución rápida y gratuita de conflictos legales-, el CJA es responsable de atender asuntos derivados de denuncias por lesiones, daño, tránsito de vehículo, robo y otros catalogados como delitos menores.
Mencionó que la justicia alternativa está garantizada en el Artículo 17 de la Constitución Política que establece que “todas las leyes del país deben regular mecanismos alternativos de solución de controversias”, por lo cual la figura del mediador es de gran importancia ya que será el puente de comunicación y quien en base a técnicas y procedimientos especializados para dirigir el diálogo entre las partes, puede lograr acuerdos satisfactorios entre los involucrados.
El objetivo es hacer accesible la justicia y que las personas involucradas en un asunto se sientan capaces de resolver un conflicto, que sean los protagonistas de la solución y eso ayuda a fortalecer las relaciones, no desgastarnos y ser capaces de construir un ambiente de convivencia distinto, puntualizó la directora del Centro de Justicia Alternativa.
Agregó que además de la conciliación y mediación la ley también contempla la Junta Restaurativa, donde participan además de las partes involucradas, otras personas como son los miembros de una comunidad o los integrantes de una familia de los ofensores o víctimas que buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el objeto de lograr un acuerdo.
Dentro del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, conocido como juicios orales, en el caso de delitos menores se pueden aplicar salidas alternas que permitan encontrar una solución al conflicto sin llegar a juicio, lo que contribuye a terminar el proceso el menos tiempo y permite al imputado aceptar su culpa y reparar el daño ocasionado a la víctima.
La denominada justicia alternativa se encuentran presente formalmente en México en el año 1997, con la promulgación de la Ley de Justicia Alternativa de Quintana Roo; esta ley se desarrolla en un contexto histórico en el que nuestro país pretendía transformar su sistema judicial y ser más competitivo ante los retos que la globalización imponían a México.
Nos dio gran satisfacción profesional que la ponente que en 1994 con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte México, fue obligado a prever los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Comerciales Privadas, en especial el arbitraje (artículo 2022 TLCAN).

El Poder Judicial del Estado de Oaxaca, en el año 2002, incursionó en el estudio de los Medios Alternativos de Resolución de Controversias, dándose cuenta que la Mediación estaba aportando excelentes resultados para resolver conflictos entre particulares de una forma inmediata y humana, por lo cual emprendió la labor de investigación con un equipo integrado por Magistrados del Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, para elaborar un Centro de Mediación piloto y con fecha 1 de julio del año 2002, por determinación del Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca y mediante acuerdo signado con el número 02/2002, se creó el Centro de Mediación Judicial.
El Centro de Mediación Judicial inició actividades el 12 de julio del 2002, integrado por un Director, tres mediadores, una trabajadora social, un invitador y cuatro oficiales administrativos, contando con un Reglamento Interno.

El 12 de abril del 2004, fue publicada la Ley de Mediación para el Estado de Oaxaca, en el decreto 431, del Periódico Oficial del Estado, lo cual motivó reformas a otros ordenamientos jurídicos locales como son los Códigos de Procedimientos Civiles y Penales, Leyes Orgánicas del Poder Judicial del Estado y de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Del mismo modo, a partir de la reforma publicada el 15 de abril del 2011, en el decreto 397 del Periódico Oficial del Estado, mediante la cual se modificó la estructura del Poder Judicial del Estado, a nuestra institución se le denomina Centro de Justicia Alternativa.
Ahora bien, en el Centro de Justicia Alternativa se ofrecen los servicios de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), que son considerados herramientas o figuras jurídicas, mediante las cuales se ha permitido a los particulares solucionar las controversias o conflictos en los que se puedan involucrar, sin tener que acudir a los procedimientos jurídicos establecidos en las leyes.

Los MASC permite que las partes de un conflicto puedan solucionarlo de manera mas rápida, eficaz, justa, sencilla y económica, con los consecuentes beneficios que ello genera.
Los MASC pueden operar en conflictos que tiene que ver con diferentes áreas del derecho (civil, mercantil, familiar, penal, etc.) supliendo la normatividad que hay para que judicialmente se puedan solucionar, no están diseñados para operar en una sola materia.
Los MASC no parten de la fuerza de la autoridad, sino de la voluntad de los participantes; se trata de un acto entre particulares en el cual no existe relación de subordinación, como en el caso del juzgador. Es un acuerdo de voluntades de los sujetos involucrados lo que pone fin al conflicto, de mutuo acuerdo y sin coerción alguna.

Los MASC no tienen la intención de suplantar la justicia ordinaria lo que realmente persiguen es complementarla y promocionan la formación de una nueva concepción acerca de la justicia por parte de los ciudadanos, ya que participan en la administración de justicia dado que la decisión proviene de su voluntad.

 

 

 

 

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